REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN

En el día de hoy, miércoles, catorce (14) de julio de 2010, siendo las nueve (09:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar acto de sentencia oral, referente a la apelación interpuesta en la causa por cobro de PRESTACIONES SOCIALES seguido por el ciudadano EDDYS ROBERTO ORTIZ NIEVES, titular de la Cédula de Identidad N°.11.043.887 contra la empresa LEXDY, C.A. en virtud de la apelación interpuesta por los apoderados judiciales de la parte actora y la parte demandada, abogados MIGUEL ANGEL MARTÍNEZ SEQUERA y JOSÉ LUIS LOBATÓN LOBATÓN, respectivamente; contra el fallo dictado en fecha 31 de mayo de 2010, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teques, la cual cursa en el expediente numero 1585-10 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja constancia de la comparecencia del apoderado judicial de la parte accionante apelante MIGUEL ÁNGEL MARTÍNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo los NºS.109.931. Así mismo, se deja constancia de la comparecencia del apoderado judicial de la parte demandada, abogado JOSE LUIS LOBATÓN, inscrito en el inpreabogado bajo los N°.S. 101.936. Seguidamente se da inicio al presente acto, el ciudadano Juez, de conformidad con la norma contenida en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procede a dictar la sentencia oral en el presente expediente previo un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara:: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandada, abogado JOSE LUIS LOBATÓN LOBATÓN, contra el fallo dictado en fecha 31 de mayo de 2010, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teques. SEGUNDO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte actora, abogado MIGUEL ANGEL MARTÍNEZ SEQUERA contra el fallo dictado en fecha 31 de mayo de 2010, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teques. TERCERO: CON LUGAR la demanda por cobro de PRESTACIONES SOCIALES, seguida por el ciudadano EDDYS ROBERTO ORITZ NIEVES, titular de la Cédula de Identidad N°.11.043.887 contra la empresa LEXDY, C.A.., en consecuencia se condena a la parte demandada al pago de los siguientes conceptos: prestación de antigüedad, vacaciones y bono vacacional, utilidades, indemnización por despido e indemnización sustitutiva de preaviso, conforme a lo establecido en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, intereses sobre prestaciones sociales, computados desde el inicio de la relación de trabajo hasta su culminación, cuyos cálculos serán realizados por esta Alzada, intereses de mora computados desde la fecha de terminación de la relación laboral hasta que el auto que decrete la ejecución, conforme a lo establecido en el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela e indexación, calculada desde la fecha de notificación de la demandada, hasta el auto que decrete la ejecución, cuyos cálculos serán realizados por el Tribunal a quien corresponda la ejecución TERCERO: SE MODIFICA el fallo dictado en fecha 31 de mayo de 2010, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teques, en cuanto a la aceptación de salario postulado en el escrito libelar y no, el salario utilizado como base para el cálculo de los derechos por el a quo. CUARTO SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandada, por haber quedado totalmente vencida en el presente juicio”. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente la presente fecha, y será a partir de la publicación de dicha decisión que comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo.- Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, catorce (14) de julio del año dos mil diez (2010), años 200° de la Independencia y 151° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman,.-.-



ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR







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APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA
EXP. 1
EXP 1585-10
AHG/EVZ



EDINET JANIRA VIDES ZAPATA
SECRETARIA


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA.