REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, Doce (12) de Julio de dos mil Diez (2010).

200º y 151º

Vistas las actuaciones que anteceden, Certificación N° 00044, emanada de la Oficina Técnica Municipal para la Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana de la Alcaldía del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, de fecha 22 de junio de 2009, Certificación signa signada con el N° 5714 de fecha 12 de Abril de 2010, emanada de la Alcaldía del Municipio Guaicaipuro, Catastro Municipal y Comunicación N° 0164, de fecha 08 de marzo de 2010. Este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, así como la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en Gaceta Oficial N° 39.152 el día 02 de Abril de 2009, declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana VANESSA MARAHY BELLORIN, Venezolana, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.173.108, sobre las bienhechurías ubicadas en la Vía que conduce a la Población de San Pedro de Los Altos, Sector Andrés Bello, casa S/N, al frente del Convento de la Hermanitas de los pobres, San Pedro de Los Altos, Municipio Guaicaipuro, Los Teques Estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, se ordena la devolución de la misma constante de Once (11) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal, así como la copia certificada que de las presentes actuaciones se ordena agregar a los archivos de este Tribunal.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

Dra. TERESA HERRERA ALMEIDA.

LA SECRETARIA,

Abg. LESBIA MONCADA DE PICCA.







THA/LMP/lmo.
Solicitud N° 09-0041