REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 15 de Julio de 2010
200º y 151º
Revisadas como han sido las actuaciones que integran la presente Solicitud, se observa que desde el día 28 de Junio del año en curso, fecha en la que este Tribunal dictó auto instando a la solicitante a consignar la autorización mediante la cual Parcelamiento Los Lagos, la faculte a construir las bienhechurías sobre las cuales pretende que se le otorgue Título Supletorio, han transcurrido más de veinte (20) días y visto que la ciudadana ROCIO GHERSI MUÑOZ, no ha realizado la referida consignación, ni alguna otra actividad que haga presumir a quien suscribe su interés procesal para la continuación de la presente solicitud, por lo que se concluye que se encuentran llenos los extremos para declarar la extinción de la presente solicitud por decaimiento del interés y se ordena el archivo del expediente.
LA JUEZ TITULAR
DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. SOL SCARLET DIAZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. SOL SCARLET DIAZ
S-Nº 1142/2010
JVA/ssd/mg.-