REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio.
200° y 151°
En fecha 02 de julio de 2.010 es presentado ante este Despacho Judicial, escrito por el cual la ciudadana FLORANGEL SAYAGO BAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.587.700, domiciliada en la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira, asistida por la abogada en ejercicio de su profesión Carmen Vitalia Velandia Uzcátegui, inscrita ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 65.868; indica que en fecha 26 de Junio de 2.007, falleció en la ciudad de San Antonio del Táchira, el ciudadano JOSE ANTONIO CASTELLANOS NAVARRO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-1.572.450; con quien se encontraba unida en matrimonio y procrearon cinco hijos de nombres JENNY FERLANDA CASTELLANOS SAYAGO, JOSE ANTONIO CASTELLANOS SAYAGO, LUIS ALEJANDRO CASTELLANOS SAYAGO, EDGAR ORLANDO CASTELLANOS SAYAGO y HUGO JESUS CASTELLANOS SAYAGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No.V-11.017.620, V-13.917.130, V-17.465.524, V-17.465.525 y V-19.677.988 respectivamente, domiciliados en la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira; por lo cual solicita se les declare por este Tribunal, como Únicos y Universales Herederos del indicado causante, todo para fines de Ley. Fundamenta su pedimento en el contenido de los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y solicitó en el mismo escrito, la fijación de oportunidad para recibir declaración de testigos, para que expongan con relación a los particulares indicados en el mismo. Anexó documentos escritos en 19 folios útiles.
Por auto de fecha 07 de julio de 2.010 es admitida la solicitud, fijándose el tercer día de despacho para oír las testimoniales promovidas, las cuales fueron evacuadas en fecha 13 de julio de 2.010.
A su solicitud acompañó los siguientes documentos:
Copia certificada del Acta de Defunción No.094, de fecha 29 de Junio de 2.007, asentada ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Táchira, a nombre de JOSE ANTONIO CASTELLANOS NAVARRO, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-1.572.450, de sesenta y nueve años de edad, casado, docente, domiciliado en la urbanización Cayetano Redondo, calle 4, casa 01 de la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira; quien falleció en fecha 26 de Junio de 2.007, en la ciudad de San Antonio del Táchira.
Fotocopia simple del Acta de Matrimonio Nº 312 de fecha 02 de agosto de 1.973, asentada ante la Prefectura Civil del Distrito, hoy Municipio Pedro María Ureña del Estado Táchira, a nombre de JOSE ANTONIO CASTELLANOS NAVARRO y FLORANGEL SAYAGO BAEZ.
Fotocopia simple de de la Partida de Nacimiento Nº 228, de fecha 16 de marzo de 1.974, asentada ante la Prefectura Civil del Municipio San Antonio, hoy Municipio Bolívar del Estado Táchira, a nombre de JENNY FERLANDA.
Fotocopia simple de de la Partida de Nacimiento Nº 206, de fecha 12 de diciembre de 1.977, asentada ante la Prefectura Civil del Distrito Capacho, hoy Municipio Independencia del Estado Táchira, a nombre de JOSE ANTONIO.
Fotocopia simple de de la Partida de Nacimiento Nº 1.089 de fecha 31 de julio de 1.985, asentada ante la Prefectura Civil del Municipio San Antonio, hoy Municipio Bolívar del Estado Táchira, a nombre de LUIS ALEJANDRO.
Fotocopia simple de de la Partida de Nacimiento Nº 938, de fecha 16 de mayo de 1.990, asentada ante la Prefectura Civil del Municipio Bolívar del Estado Táchira, a nombre de EDGAR ORLANDO.
Fotocopia simple de de la Partida de Nacimiento Nº 939, de fecha 16 de mayo de 1.990, asentada ante la Prefectura Civil del Municipio Bolívar del Estado Táchira, a nombre de HUGO JESUS.
Fotocopia simple de la cédula de identidad de los ciudadanos FLORANGEL SAYAGO BAEZ, JENNY FERLANDA CASTELLANOS SAYAGO, JOSE ANTONIO CASTELLANOS SAYAGO, LUIS ALEJANDRO CASTELLANOS SAYAGO, EDGAR ORLANDO CASTELLANOS SAYAGO y HUGO JESUS CASTELLANOS SAYAGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No.V-1.587.700, V-11.017.620, V-13.917.130, V-17.465.524, V-17.465.525 y V-19.677.988, respectivamente, domiciliados en la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira.
En fecha 13 de julio de 2.010, fueron evacuadas las declaraciones testimoniales de los ciudadanos Brenda Mildre Angarita Díaz, Darline Linares Prato y Marlon Ballesteros Sarabia, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No.V-12.253.680, V-12.253.371 y V-11.020.518 respectivamente, domiciliados en San Antonio del Táchira.
En este orden de ideas el Tribunal, analizado como ha sido el escrito de solicitud, junto con los documentos escritos que le acompañan, los cuales son valorados sobre la base del artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, teniéndose como fidedignos por haber sido expedidos por funcionario facultado para esto, y así como valoradas fueron las testimoniales, al concordar las deposiciones de los testigos entre sí y con las demás pruebas, acuerda de conformidad.
En consecuencia este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias, para asegurarle a los ciudadanos FLORANGEL SAYAGO BAEZ, JENNY FERLANDA CASTELLANOS SAYAGO, JOSE ANTONIO CASTELLANOS SAYAGO, LUIS ALEJANDRO CASTELLANOS SAYAGO, EDGAR ORLANDO CASTELLANOS SAYAGO y HUGO JESUS CASTELLANOS SAYAGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No.V-1.587.700, V-11.017.620, V-13.917.130, V-17.465.524, V-17.465.525 y V-19.677.988 respectivamente, EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JOSE ANTONIO CASTELLANOS NAVARRO, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-1.572.450, de sesenta y nueve años de edad, casado, docente, domiciliado en la urbanización Cayetano Redondo, calle 4, casa 01 de la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira quien falleció en esta misma ciudad en fecha 26 de Junio de 2.007, esposo de la primera y padre de los cinco últimos. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil; se deja a salvo todo derecho de terceros. Se insta a la solicitante a consignar las copias fotostáticas a los fines de su certificación.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada, en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Antonio del Táchira, a los 14 días del mes de julio de 2.010. Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
El Juez Titular.
Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía.
La Secretaria Titular.
Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m), dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal.
La Secretaria.
Sol.No.122-10
PAGP/rmmr
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