JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO TÀCHIRA. Independencia, 13 de julio de 2010.
200º y 151º

Visto el CONVENIMIENTO realizado en fecha 07 de julio de 2010, por la ciudadana TIBISAY COROMOTO MORALES VANEGAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-12.418.066; al ofrecimiento realizado por el ciudadano RAUL ANTONIO APARICIO MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.158.993; a favor de la adolescente …; por cuanto dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. De conformidad con lo solicitado por la parte actora, líbrese oficio al Banco Bicentenario, a fin de que se apertura la cuenta de ahorros donde se realizaran los depósitos de la obligación de manutención. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
LA JUEZA TEMPORAL,


ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

JANETH MOREBIA CÁCERES

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) ---------------------- , quedó registrada bajo el N° --------, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y se libró boleta de notificación al Fiscal XV del Ministerio Público y oficio Nº 3140________al Banco Bicentenario.

Janeth Cáceres / Secretaria Acc.

Exp. Nº 1935/2010
BYVM/lcm.