Revisada la presente causa Signada con el número 3E-3857 se observa que el penado FRANKLIN ALEXANDER MENDEZ HERNANDEZ, tiene cumplida su pena tal como se evidencia en el computo de pena de fecha 15 de Julio de 2010, por tal razón procede a declararse el cumplimiento total de la pena, de conformidad con el artículo 105 del Código Penal y así se decide:

Por todos los razonamientos antes expuestos, ESTE JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: Se decreta LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL a favor de FRANKLIN ALEXANDER MENDEZ HERNANDEZ y quien se encontraba recluido en el centro penitenciario de occidente, y su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.
Remítase el presente expediente al Archivo Judicial de este Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en virtud de la terminación total del proceso penal, y déjese copia del presente auto para el archivo del Tribunal, se notifica a las partes. Líbrese Oficio, boleta de libertad al Centro Penitenciario de Occidente y regístrese su salida.



Abg. ISBETH SUAREZ BERMUDEZ.
JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN





Abg. JOSE ERNESTO VERA
SECRETARIO

Exp. 3E-3857