REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO LOS TEQUES

Los Teques, 22 de julio de 2010
200° y 151°

ASUNTO: 3M-226/10

IDENTIFICACIÓN DEL TRIBUNAL

JUEZ: NAIR J. RÍOS CHÁVEZ
SECRETARIA: LORENA COROMOTO DELGADO ARAUJO

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
ACUSADOS:
PERDOMO GUTIÉRREZ GRISEL RAFAELA, NACIONALIDAD VENEZOLANA, NATURAL DE CARACAS, DISTRITO CAPITAL, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-16.923.381, EDAD 22 AÑOS, FECHA DE NACIMIENTO: 10-08-1985; ESTADO CIVIL SOLTERA, DE OCUPACIÓN U OFICIO CAJERA DE UNA AGENCIA DE LOTERÍA, UBICADA EN EL CENTRO COMERCIAL LA MACARENA, HIJA DE MIREYA GUTIÉRREZ (V) Y GUILLERMO PERDOMO (F), RESIDENCIADO EN: GUAREMAL, SECTOR LA TERÁN, CALLEJÓN LA MORA, CASA N° 095, CASA DE COLOR VERDE, LA CUAL QUEDA DESPUÉS DEL PORTÓN ROJO, LOS TEQUES, ESTADO MIRANDA, TELÉFONO: 0412-992.74.55, DE SU HERMANA DE NOMBRE ESMERALDA RODRÍGUEZ.

PERDOMO ORTEGA LUIS ENRIQUE, NACIONALIDAD VENEZOLANO, NATURAL DE CARACAS, DISTRITO CAPITAL, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-16.147.907, EDAD 27 AÑOS, FECHA DE NACIMIENTO: 10-02-1981; ESTADO CIVIL SOLTERO, DE OCUPACIÓN U OFICIO INSTALADOR DE PAPEL AHUMADO Y EQUIPOS DE SONIDOS, HIJO DE MARÍA LUCIA ORTEGA (V) Y LUÍS PERDOMO (F), RESIDENCIADO EN: CALLE CAMATAGUA, LOS LAGOS, CASA N° 028; CASA DE COLOR VERDE CON BLANCO, FRENTE AL TERMINAL DE PASAJERO, LOS TEQUES, ESTADO MIRANDA, TELÉFONO: 0212-322-82-81 Y 0212-323-27-97.

MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, NACIONALIDAD VENEZOLANO, NATURAL DE LOS TEQUES, ESTADO MIRANDA, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-16.922.767, EDAD 24 AÑOS, FECHA DE NACIMIENTO: 01-12-1983; ESTADO CIVIL SOLTERO, DE OCUPACIÓN U OFICIO INSTALADOR DE PAPEL AHUMADO, HIJO DE MARGARITA ALEJANDRINA ALMEIDA (V) Y OSCAR MORON (V), RESIDENCIADO EN: LAS CANALES, CALLE PRINCIPAL, LOS BARRIALES, CASA N° 033; CASA DE COLOR AZUL, ENTRANDO POR CUMBRE AZUL, MAS ARRIBA DE LOS TALLERES, LOS TEQUES, ESTADO MIRANDA, TELÉFONO: 0212-275-66-61.

DEFENSA PÚBLICA:
DRA. JUSMAR CASTILLO SAVERI; DEFENSORA PUBLICA PENAL, ADSCRITA A LA UNIDAD PUBLICA PENAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LA CIUDAD DE LOS TEQUES, DE LA ACUSADA PERDOMO GUTIÉRREZ GRISEL RAFAELA.

DRA. MERCEDES ADRIAN ÁLVAREZ; DEFENSORA PUBLICA PENAL, ADSCRITA A LA UNIDAD PUBLICA PENAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LA CIUDAD DE LOS TEQUES, DEL ACUSADO MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO.

DRA. JOSÉ ÁNGEL PERNALETE; DEFENSOR PUBLICO PENAL SEXTO, ADSCRITO A LA UNIDAD PUBLICA PENAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LA CIUDAD DE LOS TEQUES, DEL ACUSADO PERDOMO ORTEGA LUIS ENRIQUE.

FISCAL: DRA. YOSELINA BEATRIZ FERNÁNDEZ LÓPEZ, FISCAL TERCERO DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

VICTIMA: PEREIRA PEREIRA JOSÉ MANUEL, NACIONALIDAD VENEZOLANO, NATURAL DE CARACAS, DISTRITO CAPITAL, FECHA DE NACIMIENTO: 19-02-1986; ESTADO CIVIL: SOLTERO; EDAD: 22 AÑOS DE EDAD; TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-18.028.024, RESIDENCIADO EN: CALLE MIQUILEN, EDIFICIO SAN MIGUEL; PISO Nº 02, APARTAMENTO Nº 08; LOS TEQUES, ESTADO MIRANDA.

DELITO: ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR , PREVISTO Y SANCIONADO EN LOS ARTÍCULOS 5 Y 6, EN RELACIÓN CON EL NUMERAL 10, AMBOS DE LA LEY SOBRE EL HURTO Y ROBO DE VEHÍCULOS, PARA EL IMPUTADO MORÓN ALMEIDA OSCAR GUSTAVO Y EL DELITO ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COMPLICIDAD, PREVISTO Y SANCIONADO EN LOS ARTÍCULOS 5 Y 6, EN RELACIÓN CON EL NUMERAL 10, AMBOS DE LA LEY SOBRE EL HURTO Y ROBO DE VEHICULASEN RELACIÓN CON EL ARTICULO 83 NUMERAL 3 DEL CÓDIGO PENAL PARA LOS IMPUTADOS PERDOMO GUTIÉRREZ GRISEL RAFAELA Y PERDOMO ORTEGA LUIS ENRIQUE, TODO EN PERJUICIO DEL CIUDADANO PEREIRA PEREIRA JOSÉ MANUEL


Corresponde a este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio, emitir pronunciamiento Judicial con relación a la relación a la audiencia celebrada en este Despacho en el día de hoy, de conformidad con el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida a los acusados PERDOMO GUTIÉRREZ GRISEL RAFAELA, PERDOMO ORTEGA LUIS ENRIQUE y MORÓN ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titulares de la cedula de identidad Nº V-16.923.381, V-16.147.907 y V-16.922.767, respectivamente; a quien el Estado Venezolano representado por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Estado Miranda calificó los hechos ocurridos en fecha 15-04-08 y en la auto de apertura a juicio de fecha 23-10-08, se admitió la calificación jurídica del delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR , previsto y sancionado en los artículos 5 y 6, en relación con el numeral 10, ambos de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, para el imputado MORÓN ALMEIDA OSCAR GUSTAVO y el delito ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6, en relación con el numeral 10, ambos de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculas, en relación con el articulo 83 numeral 3 del Código Penal para los imputados PERDOMO GUTIÉRREZ GRISEL RAFAELA y PERDOMO ORTEGA LUIS ENRIQUE, todo en perjuicio del ciudadano PEREIRA PEREIRA JOSÉ MANUEL, a los fines de decidir, previamente observa:

I
De la identificación de los acusados


PERDOMO GUTIÉRREZ GRISEL RAFAELA, nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, titular de la cedula de identidad Nº V-16.923.381, edad 22 años, fecha de nacimiento: 10-08-1985; estado civil soltera, de ocupación u oficio cajera de una agencia de Lotería, ubicada en el Centro Comercial La macarena, hija de Mireya Gutiérrez (V) y Guillermo Perdomo (F), Residenciado en: Guaremal, Sector La Terán, callejón La Mora, Casa N° 095, casa de color verde, la cual queda después del portón rojo, Los Teques, Estado Miranda, Teléfono: 0412-992.74.55, de su hermana de nombre Esmeralda Rodríguez.

PERDOMO ORTEGA LUIS ENRIQUE, nacionalidad venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, titular de la cedula de identidad Nº V-16.147.907, edad 27 años, fecha de nacimiento: 10-02-1981; estado civil soltero, de ocupación u oficio instalador de papel ahumado y equipos de sonidos, hijo de María Lucia Ortega (V) y Luís Perdomo (F), Residenciado en: Calle Camatagua, Los Lagos, Casa N° 028; casa de color verde con blanco, frente al Terminal de Pasajero, Los Teques, estado Miranda, teléfono: 0212-322-82-81 y 0212-323-27-97.

MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, nacionalidad venezolano, natural de Los Teques, estado Miranda, titular de la cedula de identidad Nº V-16.922.767, edad 24 años, fecha de nacimiento: 01-12-1983; estado civil soltero, de ocupación u oficio instalador de papel ahumado, hijo de Margarita Alejandrina Almeida (V) y Oscar Moron (V), Residenciado en: Las Canales, Calle Principal, Los Barriales, Casa N° 033; casa de color azul, entrando por Cumbre Azul, mas arriba de los Talleres, Los Teques, estado Miranda, Teléfono: 0212-275-66-61.
II
De la identificación de la victima

PEREIRA PEREIRA JOSÉ MANUEL, nacionalidad venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, fecha de nacimiento: 19-02-1986; estado civil: soltero; edad: 22 años de edad; titular de la cedula de identidad Nº V-18.028.024, residenciado en: Calle Miquilen, Edificio San Miguel; Piso Nº 02, Apartamento Nº 08; Los Teques, Estado Miranda.


III
De actuaciones realizadas en la causa

En fecha 15/04/2008, oportunidad en la que se llevó a cabo por ante el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 de este Circuito Judicial Penal, la audiencia oral de presentación en contra de los imputados VARGAS BAEZ YJARED YALISNEY, GARCIA COVA KIMBERLY ARNALY, PERDOMO GUTIERREZ GRISEL RAFAELA, PERDOMO ORTEGA LUIS ENRIQUE y MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titulares de la cedula de identidad Nº V-18.537.690, V-19.123.839, V-16.923.381, V-16.147.907 y V-16.922.767, respectivamente; donde se decreto la medida de privación judicial preventiva de libertad solicitada por el representante del Ministerio Publico al ciudadano MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titular de la cedula de identidad N° V-16.922.767, por la presunta comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 3, en relación con el articulo 6 numeral 3, ambos de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, todo en perjuicio del ciudadano PEREIRA PEREIRA JOSE MANUEL y el delito ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 3, en relación con el articulo 6 numeral 3, ambos de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculasen relación con el articulo 83 numeral 3 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano PEREIRA PEREIRA JOSE MANUEL, para los imputados VARGAS BAEZ YJARED YALISNEY, GARCIA COVA KIMBERLY ARNALY, PERDOMO GUTIERREZ GRISEL RAFAELA, PERDOMO ORTEGA LUIS ENRIQUE, y se les impuso la medida cautelar sustitutiva de libertad, establecida en el articulo 256 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal. Ahora bien, la defensa de los imputados OSCAR GUSTAVO MORON ALMEIDA, VARGAS BAEZ YJARED YALISNEY, PERDOMO GUTIERREZ GRISEL RAFAELA, los profesionales del derecho DRA. LOIDA ROSA GARCIA ITURBE, DRA. GLORIA ESPERANZA VILLAMIZAR NUÑEZ y DR. VICTOR JOSE DELGADO MEJIAS; respectivamente y para los imputados GARCIA COVA KIMBERLY ARNALY y PERDOMO ORTEGA LUIS ENRIQUE, representados por la defensora publica penal DRA. BLASINA VASQUEZ. (Pieza I, folios 01 al 71).-

En fecha 30/05/2008, se recibió oficio N° 15F03-599-08-04621, de fecha 29-05-2010, suscrito por la Fiscal Tercero Auxiliar del Ministerio Público presento ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, escrito de formal Acusación. (Pieza II, folios 100 al 144).-

En fecha 03/06/2008, el Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 03, de este Circuito Judicial Penal, por medio auto acordó fijar la audiencia preliminar para el día 26/06/2008. (Pieza II, folios 145 al 156).-

En fecha 26/06/2008, oportunidad en la cual fue fijada para celebrarse la audiencia preliminar, la cual fue diferida para el día 17/07/2008, en virtud de que no se hizo efectivo el traslado del imputado MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titular de la cedula de identidad Nº V-16.922.767. (Pieza III, folios 14 al 18).-

En fecha 17/07/2008, oportunidad en la cual fue fijada para celebrarse la audiencia preliminar, la cual fue diferida para el día 07/08/2008, en virtud de que no se hizo efectivo el traslado del imputado MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titular de la cedula de identidad Nº V-16.922.767. (Pieza III, folios 55 al 58).-

En fecha 07/08/2008, oportunidad en la cual fue fijada para celebrarse la audiencia preliminar, la cual fue diferida para el día 18/09/2008, en virtud de que no se hizo efectivo el traslado del imputado MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titular de la cedula de identidad Nº V-16.922.767. En esa misma fecha se ordeno el traslado del imputado para que se le practique el reconocimiento psiquiátrico. (Pieza III, folios 99 al 109).-

En fecha 18/08/2008, oportunidad en la cual fue fijada para celebrarse la audiencia preliminar, la cual fue diferida para el día 25/09/2008, en virtud de que no se hizo efectivo el traslado del imputado MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titular de la cedula de identidad Nº V-16.922.767. (Pieza III, folios 127 al 131).-

En fecha 25/09/2008, oportunidad en la cual fue fijada para celebrarse la audiencia preliminar, la cual fue diferida para el día 09/10/2008, en virtud de que no se hizo efectivo el traslado del imputado MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titular de la cedula de identidad Nº V-16.922.767. (Pieza III, folios 138 al 141).-

En fecha 03/10/2008, el Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 03, dicto auto en donde acordó el traslado del imputado MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titular de la cedula de identidad N° V-16.922.767, al Internado judicial de Los Teques, librando los respectivos oficios. (Pieza III, folios 144 al 148).-

En fecha 09/10/2008, se recibió oficio N° 6900, de fecha 25-09-08, en donde informaba los motivos, suscrito por el director del establecimiento penal, en donde informaba los motivos por los cuales no se había realizado el traslado del imputado para la audiencia, todo ello por no tener transporte y custodia. En fecha esa misma fecha, siendo la oportunidad en la cual fue fijada para celebrarse la audiencia preliminar, la cual fue diferida para el día 23/10/2008, en virtud de que no se hizo efectivo el traslado del imputado MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titular de la cedula de identidad Nº V-16.922.767. (Pieza III, folios 151 al 158).-

En fecha 23/10/2008, oportunidad en que se llevo a cabo el acto de Audiencia Preliminar por ante el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 3 Circunscripcional en contra de los imputados VARGAS BAEZ YJARED YALISNEY, GARCIA COVA KIMBERLY ARNALY, PERDOMO GUTIERREZ GRISEL RAFAELA, PERDOMO ORTEGA LUIS ENRIQUE y MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titulares de la cedula de identidad Nº V-18.537.690, V-19.123.839, V-16.923.381, V-16.147.907 y V-16.922.767, respectivamente; se ratifico la medida de privación judicial preventiva de libertad solicitada por el representante del Ministerio Publico considerando para el ciudadano MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titular de la cedula de identidad N° V-16.922.767, por la presunta comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR , previsto y sancionado en los artículos 5 y 6, numeral 10, ambos de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, todo en perjuicio del ciudadano PEREIRA PEREIRA JOSE MANUEL y el delito ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6, numeral 10, ambos de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculasen relación con el articulo 84 numeral 3 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano PEREIRA PEREIRA JOSE MANUEL, para los imputados PERDOMO GUTIERREZ GRISEL RAFAELA, PERDOMO ORTEGA LUIS ENRIQUE; se admitió la acusación interpuesta por el Ministerio Publico y se ratifico las medidas impuestas y con respecto a los ciudadanos VARGAS BAEZ YJARED YALISNEY, GARCIA COVA KIMBERLY ARNALY, se decreto el sobreseimiento de la causa. En este mismo acto se ordena la apertura del Juicio Oral y Público. (Pieza III, folios 180 al 204).-

En fecha 11/11/2008, el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 01, Circunscripcional, recibió la presente causa proveniente del Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 03, acordando darle entrada en los libros respectivos llevados por este Despacho y se fijo el sorteo de escabinos para el día 25/11/08, de conformidad con lo establecido en los artículos 155 y 163 del Código Orgánico Procesal Penal. (Pieza III, folios 211 al 220).-
En fecha 25/11/2008, se llevó a cabo Sorteo de Escabinos, de conformidad con lo establecido en los artículos 155 y 163 del Código Orgánico Procesal Penal y se fijo la audiencia de constitución del tribunal mixto para el día 08/12/2008. (Pieza IV, folios 17 al 37).-

En fecha 08/12/2008, oportunidad en la cual fue fijada para celebrarse la Constitución del Tribunal Mixto, igualmente se acordó la realización de un sorteo extraordinario, la cual se difiere para el día 18/12/2008, por la no comparecencia de la víctima, de las personas seleccionadas como escabinos, de los acusados y la no realización del traslado del acusado MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titular de la cedula de identidad N° V-16.922.767. (Pieza IV, folios 65 al 92).-

En fecha 12/12/2008, el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 01, Circunscripcional, se dicto decisión en donde se acordó el traslado del acusado MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titular de la cedula de identidad N° V-16.922.767, para el Internado Judicial de Los Teques, a los fines de garantizar la celebración de los actos. (Pieza IV, folios 145 al 159).-

En fecha 12/01/2009, el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 01, dicto auto en donde acordó fijar el acto de Constitución del Tribunal Mixto, para el día 22/01/2009, en virtud d la Asamblea de los Trabajadores Tribunalicios, la cual impidió el acceso al publico al Palacio de Justicia, por tal motivo no se dio despacho. (Pieza IV, folios 164 al 188).-

En fecha 22/01/2009, oportunidad en la cual fue fijada para celebrarse la Constitución del Tribunal Mixto, se acordó nuevo sorteo extraordinario, por la no comparecencia de la víctima, de las personas seleccionadas como escabinos, de los acusados y la no realización del traslado del acusado MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titular de la cedula de identidad N° V-16.922.767 para el día 05/02/2009,. (Pieza V, folios 47 al 80).-

En fecha 09/02/2009, el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 01, Circunscripcional, dicto auto en donde acordó el sorteo extraordinarios de escabinos, para la Constitución del Tribunal Mixto para el día 19/02/2009, en virtud del decreto N° 6609, en el cual se estableció que el día 02-02-2009, era día no laborable. (Pieza V, folios 95 al 122).-

En fecha 06/02/2009, se recibió escrito emitido por el Sub-comisario Ramírez David, adscrito a la Instituto Autónomo de Policía del Municipio Guaicaipuro, en el cual anexaba acta policial, en donde se indicaba que el acusado MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titular de la cedula de identidad N° V-16.922.767, se negó acudir al traslado. (Pieza V, folios 123 al 124).-

En fecha 18/02/2009, oportunidad en la cual fue fijada para celebrarse la Constitución del Tribunal Mixto, el cual se difiere para el día 19/03/2009, por la no comparecencia de las personas seleccionadas como Escabinos, por no hacerse efectivo el traslado del Internado Judicial Rodeo I, del acusado MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titular de la cedula de identidad N° V-16.922.767; ni los acusados en libertad. (Pieza V, folios 233 al 239).-

En fecha 19/03/2009, oportunidad en la cual fue fijada para celebrarse la Constitución del Tribunal Mixto, el cual se difiere para el día 02/04/2009, por la no comparecencia de las personas seleccionadas como Escabinos, por no hacerse efectivo el traslado del Internado Judicial Rodeo I, del acusado MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titular de la cedula de identidad N° V-16.922.767; ni los acusados en libertad. (Pieza V, folios 255 al 260).-

En fecha 02/04/2009, oportunidad en la cual fue fijada para celebrarse la Constitución del Tribunal Mixto, se constituyo el Tribunal Mixto con los ciudadanos CAROL ANTONIENTA AINTABI MASRI y JOSE GABRIEL PEREZ y se fija el Juicio Oral y Publico para el día 21/05/2009. (Pieza VI, folios 02 al 15).-

En fecha 21/05/2009, oportunidad en la cual fue fijada para celebrarse el Juicio Oral y Publico, el cual se difiere para el día 25/06/2009, por la no comparecencia de de unos de los Escabinos, por no hacerse efectivo el traslado del Internado Judicial Rodeo I, del acusado MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titular de la cedula de identidad N° V-16.922.767; ni los acusados en libertad. (Pieza VI, folios 46 al 56).-

En fecha 25/06/2009, oportunidad en la cual fue fijada para celebrarse el Juicio Oral y Publico, el cual se difiere y se fijo un nuevo sorteo extraordinario, en virtud de que la escabino CAROL ANTONIETA AINTABI MASRI, se mudo para Margarita, en consecuencia se fija para el día 16/07/2009, la audiencia para la constitución del Tribunal Mixto. (Pieza VI, folios 64 al 96).-
En fecha 16/07/2009, oportunidad en la cual fue fijada para celebrarse la Constitución del Tribunal Mixto, el cual se difiere para el día 06/08/2009, por la no comparecencia de los acusados, no hacerse efectivo el traslado del Internado Judicial Rodeo I, del acusado MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titular de la cedula de identidad N° V-16.922.767; (Pieza VI, folios 112 al 117).-

En fecha 06/08/2009, oportunidad en la cual fue fijada para celebrarse la Constitución del Tribunal Mixto, el cual se difiere para el día 24/09/2009, por la no comparecencia de los acusados, no hacerse efectivo el traslado del Internado Judicial Rodeo I, del acusado MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titular de la cedula de identidad N° V-16.922.767 y las personas seleccionadas como escabinos; (Pieza VI, folios 169 al 178).-

En fecha 28/09/2009, el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 01, Circunscripcional, dicto auto en donde acordó fijar la Constitución del Tribunal Mixto, para el día 29/10/2009. (Pieza VII, folios 02 al 16).-

En fecha 02/11/2009, el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 01, Circunscripcional, dicto auto en donde acordó fijar la Constitución del Tribunal Mixto, para el día 26/11/2009, en virtud de que la Juez se encontraba participando en un Seminario sobre Banca Electrónica y Delitos Informáticos. (Pieza VII, folios 35 al 48).-

En fecha 26/11/2009, oportunidad en la cual fue fijada para celebrarse la Constitución del Tribunal Mixto, el cual se difiere para el día 17/12/2009, por la no comparecencia de los acusados, no hacerse efectivo el traslado del Internado Judicial Rodeo I, del acusado MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titular de la cedula de identidad N° V-16.922.767 y las personas seleccionadas como escabinos; (Pieza VII, folios 87 al 95).-

En fecha 17/12/2009, oportunidad en la cual fue fijada para celebrarse la Constitución del Tribunal Mixto, el cual se difiere para el día 21/01/2010, por la no comparecencia de los acusados, no hacerse efectivo el traslado del Internado Judicial Rodeo I, del acusado MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titular de la cedula de identidad N° V-16.922.767 y las personas seleccionadas como escabinos; (Pieza VII, folios 130 al 140).-

En fecha 29/01/2010, el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 01, Circunscripcional, dicto auto en donde acordó fijar la audiencia para la Constitución del Tribunal Mixto, para el día 04/03/2010, en virtud de la resolución N° 2010-0001, del Tribunal Supremo de Justicia. (Pieza VII, folios 167 al 178).-

En fecha 04/03/2010, oportunidad en la cual fue fijada para celebrarse la Constitución del Tribunal Mixto, el cual se difiere para el día 25/03/2010, por la no comparecencia de los acusados, no hacerse efectivo el traslado del Internado Judicial Rodeo I, del acusado MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titular de la cedula de identidad N° V-16.922.767 y las personas seleccionadas como escabinos. (Pieza VIII, folios 02 al 09).-

En fecha 25/03/2010, la DRA. IDANIA MELENDEZ FIGUEREDO, se aboco al conocimiento de la presente causa, en virtud de que la DRA. JAQUELINE TARAZONA, se encontraba de reposo y siendo la oportunidad en la cual fue fijada para celebrarse la Constitución del Tribunal Mixto, el cual se difiere para el día 15/04/2010, por la no comparecencia de los acusados, no hacerse efectivo el traslado del Internado Judicial Rodeo I, del acusado MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titular de la cedula de identidad N° V-16.922.767 y las personas seleccionadas como escabinos; (Pieza VIII, folios 34 al 45).-

En fecha 29/01/2010, el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 01, Circunscripcional, dicto auto en donde acordó fijar la audiencia para la Constitución del Tribunal Mixto, para el día 04/03/2010, en virtud de la resolución N° 2010-0001, del Tribunal Supremo de Justicia. (Pieza VII, folios 167 al 178).-

En fecha 15/04/2010, oportunidad en la cual fue fijada para celebrarse la Constitución del Tribunal Mixto y la audiencia de prorroga, el cual se difiere para el día 13/05/2010, por la no comparecencia de los acusados, no hacerse efectivo el traslado del Internado Judicial Rodeo I, del acusado MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titular de la cedula de identidad N° V-16.922.767 y las personas seleccionadas como escabinos. (Pieza VIII, folios 55 al 62).-

En fecha 13/05/2010, oportunidad en la cual fue fijada para celebrarse la Constitución del Tribunal Mixto y la audiencia de prorroga, el cual se difiere para el día 03/06/2010, por la no comparecencia de los acusados, no hacerse efectivo el traslado del Internado Judicial Rodeo I, del acusado MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titular de la cedula de identidad N° V-16.922.767 y las personas seleccionadas como escabinos. (Pieza VIII, folios 80 al 90).-

En fecha 07/06/2010, la DRA. ROSA ELENA RAEL MENDOZA, se inhibe de conocer de la presente causa y se remite a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, para su distribución. (Pieza VIII, folios 106 al 110).-

En fecha 15/06/2010, el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 03, Circunscripcional, recibe la presente causa proveniente del Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 01, acordando primero: se ordeno darle entrada en los libros respectivos llevados por este Despacho. Segundo: fijo la audiencia de prorroga, de conformidad con lo establecido en el articulo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, para el día 08/07/2010. (Pieza VIII, folios 111 al 117).-

En fecha 16/06/2010, el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 01, Circunscripcional, se acordó fijar sorteo extraordinario para el día 25/06/2010. (Pieza VIII, folios 118 al 126).-

En fecha 21/06/2010, el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 01, Circunscripcional, dicto auto en donde acordó fijar el sorteo extraordinario para día 08/07/10, en virtud de el día 25-05-10, fue un día no laborable. (Pieza VIII, folios 141 al 149).-

En fecha 08/07/2010, oportunidad en la cual fue fijada para la realización del Sorteo Extraordinario de Escabinos y la audiencia de prorroga, el tribunal acordó fijar la audiencia para la Constitución del Tribunal Mixto para el día 22/07/2010, y con respecto a la audiencia de prorroga pronunciarse por auto separado , en virtud de que no realizo el traslado del Internado Judicial Rodeo I, del acusado MORON ALMEIDA OSCAR GUSTAVO, titular de la cedula de identidad N° V-16.922.767. (Pieza VIII, folios 168 al 199).-

IV
De los fundamentos de la decisión

En virtud de la entrada en vigencia de la reforma del Código Orgánico Procesal Penal publicado en la Gaceta Oficial N° 5.930 Extraordinario, de fecha 04/09/2009, corresponde a éste Órgano Jurisdiccional pronunciarse en relación a la constitución de manera unipersonal del Tribunal, este Juzgador observa esencial, citar y hacer referencia al tercer aparte del artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual reza:

“Realizadas efectivamente dos convocatorias, sin que se hubiere constituido el tribunal mixto por inasistencia o excusa de los Escabinos o escabinas, el Juez o Jueza profesional constituirá el tribunal de forma unipersonal.”


De igual forma en el parágrafo segundo de las disposiciones finales de la norma en cuestión, se establece:
“El Juez o Jueza de Juicio constituirá el tribunal de forma unipersonal cuando se hayan realizado efectivamente dos convocatorias, sin que se hubiese constituido del tribunal mixto por inasistencia o excusa de los Escabinos.”.-

Ahora bien, en vista de lo ut supra mencionado, este Juzgador observa que se desprende de las actuaciones del expediente, el acto de continuación de juicio oral y público, ha sido diferido en dos (02) oportunidades por las incomparecencias de los Escabinos, desde la fecha en que se realizo el sorteo extraordinario en fecha 21-06-2010 y siendo estas las veces superior al número de convocatorias a que hace referencia el tercer aparte del artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, y a lo establecido en el parágrafo segundo de las disposiciones finales de la norma en cuestión.-

Así las cosas, este Juzgador en aras de una Regulación Judicial y de una Tutela Judicial Efectiva, esto de conformidad con el artículo 104 del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su único aparte; es por lo que asume todo el control Jurisdiccional de manera unipersonal y a tal fin se fija el día jueves cinco (05) de agosto de 2010, a las 2:00 p.m, para llevar a cabo el acto de Juicio Oral y Público. Y ASÍ SE DECLARA.-

Dispositiva

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la ciudad de los Teques, Administrando la Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA DECLARAR CONSTITUIDO DE MANERA UNIPERSONAL EL TRIBUNAL; una vez revisada las actuaciones del expediente y en aras de preservar una Tutela Judicial Efectiva de conformidad con el artículo 26, único aparte, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela medida de Privación y velar por la regularidad procesal y prescindir de los Escabinos, asumiendo el Juez Profesional todo el poder Jurisdiccional, de conformidad con lo establecido en el tercer aparte del artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, y el parágrafo segundo de las disposiciones finales ejusdem; y a tal fin se fija el día jueves cinco (05) de agosto de 2010, a las 2:00 p.m, para llevar a cabo el acto de Juicio Oral y Público.-

Publíquese, Regístrese, Diarícese y déjese copia certificada. CÚMPLASE.
LA JUEZ TERCERO DE JUICIO

NAIR J. RÍOS CHÁVEZ
LA SECRETARIA
ABG. LORENA COROMOTO DELGADO ARAUJO

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se registró esta decisión bajo el Nº 3M-226-10, en el Libro de Registro respectivo; se compulsó copia de archivo. Y así lo certifico.

LA SECRETARIA
ABG. LORENA COROMOTO DELGADO ARAUJO






















Causa: 3M-226/10
Decisión constante de trece (13) folios útiles
Sin Enmienda.