REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Por las razones expuestas, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la solicitud interpuesta por el Defensor Público Décimo Octavo Penal, mediante el cual solicita la revisión de la medida de privación judicial preventiva de libertad que pesa sobre el acusado ÁNGEL RAMÓN HERNÁNDEZ SEIJAS, e imponga una medida menos gravosa, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que la concesión de la misma es insuficiente para garantizar las resultas del proceso, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 243, 244, 251, parágrafo primero y 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, notifíquese, diarícese, y déjese copia.
EL JUEZ QUINTO DE CONTROL SUPLENTE,
ABG. RAMÓN ANTONIO MARTÍNEZ ANTILLANO
LA SECRETARIA,
ABG. VERÓNICA PETER
RAMA/VP/rama.