REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO MIRANDA


199º y 150º
EXPEDIENTE Nº: 2467-09

PARTE ACTORA: PEREZ GUZMAN ANDDY VICTOR mayor de edad, cédula de identidad Nº. 14.216.763, con domicilio procesal ubicado Sector La Mata Calle Vuelta Larga residencias Tuqueque, Torre C, Piso 11-Apartamento 11-2, Los Teques-Estado Bolivariano de Miranda.-

APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA MARIALEX XANDRA TARASCO, abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 30.480.-

PARTE DEMANDADA: EMPRESA INTERNACIONAL DE DESARROLLO S.A., (LA GRANJA)

SENTENCIA: Perención - Calificación de Despido.

I
En fecha trece (13) de julio de 2006, Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción y Sede, libro un Despacho Saneador a la parte accionante a los fines de corregir el libelo de la demanda.-
En fecha nueve (09) de diciembre de 2009, el servicio de alguacilazgo mediante diligencia dejó constancia que se traslado a la dirección que indicaba la Boleta de Notificación y que el ciudadano no se encontraba en la ciudad de Los Teques.-
El Tribunal al revisar el expediente, observa que la parte actora introdujo en fecha 08 de julio de 2009, libelo de la demanda, y visto que ha transcurrido más de un (01) año sin que la parte actora haya impulsado el proceso mediante manifestación alguna que denotare intereses, éste Tribunal considera que en el caso de autos, se ha dado el supuesto previsto en el encabezamiento del artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para que opere la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA. Así se declara.
II
Por todos los razonamientos anteriores éste Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, decreta la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la presente causa y en consecuencia se da por terminado el procedimiento y ordena el archivo definitivo del expediente

Dada la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y ARCHÍVESE EL EXPEDIENTE
Dictada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, en Los Teques, a los dieciséis (16) días del mes de julio de 2010. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.



CORINA RODRÍGUEZ SANTOS
LA JUEZ

MEYBERS PEÑA
LA SECRETARIA

NOTA: En la misma fecha, siendo las 11:30 a.m., se publicó y registró el anterior fallo, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley.


LA SECRETARIA


EXP0. N° 2467-09
CRS/MP/FJ*