REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y PEDRO GUAL
 
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
 
RIO CHICO, 17 DE JUNIO DE 2.010
 
200º  y 151º
 
Una vez visto todos y cada uno de los sustentos instrumentales que acompañan la presente solicitud, este Juzgado sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo  dispuesto en el artículo 937 del código de procedimiento civil, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos OTTO ERNESTO GAUERKE SCHUETZ, venezolano, ANNE MARIE JOSEPHINE FRATZER de GAUERKER, de nacionalidad alemana, ALEXANDER ERNESTO MEIER GAUERKE,  MARKUS OLIVER MEIER GAUERKE y HEIDEMARIE GAUERKE de MEIER, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares  de la cédula de identidad Nros: V-6.271.386, E-967.432, V-13.833.598, V-15.761.231, V-14.123.877, respectivamente, sobre unas bienhechurias, consistente en una casa quinta, asentada en un lote de terreno de su propiedad, según documento protocolizado ante el Servicio Autónomo de Registro Subalterno de los Municipios Autónomos Páez, Andrés Bello y Pedro Gual del Estado Bolivariano de Miranda, de fecha dieciocho (18) de julio de  mil  novecientos ochenta y seis (1986) bajo el Nº-8, folios 77 al 84, protocolo primero, tomo segundo del tercer  trimestre de ese mismo año, y se encuentra identificado con         el código catastral Nº 151404U00001074004000000000, ubicado en la urbanización Mercedes de Pàparo, calle B-8 parcela B-126, Parroquia Río Chico, jurisdicción del Municipio Páez del Estado Bolivariano de Miranda cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a los promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas. Se ordena dejar constancia en el libro diario y copia certificada en el archivo de este Juzgado.- Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------
 
EL JUEZ TEMPORAL,
 
 
RICARDO RAFAEL SPERANDIO ZAMORA
 
 
                                                                      
 
LA  SECRETARIA,
 
 
MARIA ANTONIETA PACHECO BAUTE
 
RRSZ/mapb/famc
 
Solicitud  Nº 2010-125
 
 
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