Siendo las 9:00 a.m., del día de hoy Veinticinco de Junio del Dos Mil Diez, se trasladó y constituyó el Tribunal conforme esta acordado en el sitio denominado Urbanización Jardines de Santa Rosa, parcela de terreno, distinguida con el Nº 14, de las manzanas M-8 y M-9, Cúa, Estado Miranda, a fin de darle cumplimiento a la Medida de Embargo Ejecutivo, ordenado por el Juzgado del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, con oficio Nº 2800-(183) de fecha 17 de Marzo de 2009, en el juicio seguido por Petronio Bosques contra Devora Beatriz Uzcatequi Salcedo por Cobro de bolívares (vía Intimación) presentes en este acto el apoderado judicial de la parte actora abg. Petronio Bosques, el depositario judicial Ildemaro Lemus, Representante de la depositaria de Depósitos y Finanzas “ Defica” el ciudadano Maikel Blanco en su condición de Perito Avaluador, previamente designados y juramentados los funcionarios policiales Denis Aguaje y Yorman Ramón Morales, titulares de la Cèdula de Identidad Nros 14.609.913 y 16.341002, respectivamente adscrito a la Policial Municipal de Cúa, para el resguardo y custodia del Tribunal y las personas que lo acompañan, en este estado se procedió a dar los tres toques de ley saliendo la ciudadana Devora Beatriz Uzcatequi Salcedo, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.120.812, a quien se le notificó la misión del Tribunal. Se deja constancia que de conformidad con el 49 constitucional se hizo entrega de las copias del mandato de mandato de comisión e igualmente se coloco Cartel de Notificación en la puerta principal de la vivienda. A continuación el perito avaluador expone: el inmueble se encuentra constituido por tres habitaciones las cuales están muy bien conservadas, las paredes se encuentran bien pintadas, techo de madera, dos baños de cerámica de color azul, muy buen estado, cocina empotrada en un buen estado, porche con paredes bien pintadas, al entrada del estacionamiento piso de terracota y estimo un valor aproximado de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (500.000,00 Bf) seguidamente el Tribunal declara la desposesión del inmueble y lo embarga ejecutivamente y lo pone en posesión del ciudadano Ildemaro Lemus, quien estando presente lo recibe bien y conforme para su guarda y custodia y manifiesta que lo cuidará como un buen padre de familia. Siendo las 11:15 a.m., se declara cumplida la misión y acuerda regresar a su sede terminó se leyó y conformen firman. n¡ el Perito Avaluador Maikel Blanco, previamente. L.S. La Juez. La Notificada. El Apoderado judicial. Los funcionarios. El Perito. El Depositario Judicial. (fdos) ilegibles.
COMISIÓN CIVIL 2010/800
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