REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 16 de Junio de 2010
200º y 151º

De una revisión realizada a las actas levantadas con motivo a la declaraciones rendidas por los ciudadanos ROSA ANA ALEMAN y EDUARDO VALENTÍN SANTANA, identificados en autos, este Tribunal observa que, al momento de formularle la Tercera pregunta a la testigo, ciudadana ROSA ANA ALEMAN, la cual textualmente dice: ¿Diga la testigo, si conoce el inmueble y las características de las bienhechurías construidas por la ciudadana MILAGROS COROMOTO PINO DE GUANCHEZ, señálelas?, la prenombrada ciudadana, respondió: “mira de las construcciones, nuevas no se nada porque no he llegado hasta allá, pero si se que hizo construcciones allí, creo que esas construcciones son dos habitaciones y un baño, y la parte del frente de la casa que es un estacionamiento y tiene su sala, su cocina, sus habitaciones”. Y cuando le fue formulada la pregunta antes descrita, al testigo, ciudadano EDUARDO VALENTÍN SANTANA, dicho ciudadano, respondió: “Sí, es una casa con una reja con un estacionamiento, tiene cierta parte de un área verde pequeña, donde esta la entrada del estacionamiento a cuarenta pasos esta la entrada de su casa que tiene un baño, y una habitación debajo de las que se y he entrado, hasta donde yo se, y hay como un fondo donde creo que esta construyendo o ya construyó, el piso es rustico por lo mismo de la construcción”. Por lo Tanto de las declaraciones de los testigos promovidos, no puede concluirse que han quedado plenamente demostrados los hechos alegados por la parte solicitante en su escrito, en consecuencia este Órgano Jurisdiccional niega la presente solicitud de Título Supletorio. -
LA JUEZ TITULAR

DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ

LA SECRETARIA TITULAR


ABG. SOL SCARLET DÍAZ



EXP. Nº 1121/2010
JVA/ssd/mg.-