REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 23 de Junio de 2010
200° y 151°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita por la ciudadana NARBIS COROMOTO SERRANO CAMEJO, identificadas en autos, asistida de abogado, así como la justificación promovida y evacuada ante este Juzgado, en la cual rinden declaración los ciudadanos LUIS ERNESTO CORREA GONZALEZ y MIRNA JOSEFINA SANCHEZ DE CORREA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros 6.461.348 y 7.246.494, respectivamente. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, decreta las mismas TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de las ciudadanas NARBIS COROMOTO SERRANO CAMEJO y PETRA LETICIA FERNANDEZ DE OCHOA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 10.279.495 y 2.043.055, respectivamente, para asegurar los derechos que tengan dichas ciudadanas en la Sucesión del ciudadano OSCAR ELIECER OCHOA FERNANDEZ, quien falleció en fecha 31 de Octubre de 2009, en su carácter de causahabientes del prenombrado causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Vista la solicitud de cuatro (4) juegos de copias certificadas de la solicitud con sus resultas, este Tribunal acuerda expedir por Secretaría copias certificadas de los originales que cursan a los folios del 01 al 04, del 11 al 13 y del presente decreto; y por cuanto se observa que los documentos que rielan a los folios del 05 al 10, cursan en copias simples y copias certificadas, el Tribunal acuerda expedir copias simples de dichos documento ya que solo se pueden expedir copias certificadas de documentos originales que cursen a los autos. En virtud que las copias certificadas se harán mediante el procedimiento de fotostatos, se ordena su elaboración de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 de Código de Procedimiento Civil Devuélvanse originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
LA JUEZ TITULAR


DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
LA SECRETARIA TITULAR

ABG. SOL SCARLET DÍAZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
LA SECRETARIA TITULAR


ABG. SOL SCARLET DÍAZ
S.- N° 1116/2010
JVA/ssd/cc.-