REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 30 de Junio de 2010
200° y 151°
Vistas las actuaciones que anteceden presentadas por el ciudadano ROGER ALBERTO CARTAYA GUEVARA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de las Cédulas de Identidad Nro. 8.675.616, asistido por la Abogada GLENY RUIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 46.910. Este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO a favor del ciudadano ROGER ALBERTO CARTAYA GUEVARA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de las Cédulas de Identidad Nro. 8.675.616, sobre las bienhechurias construidas sobre un lote de terreno, ubicado en el Sector Santa Rosa, Parroquia Los Teques, Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, quedando a salvo los derechos de cualquier tercero que pudiera verse afectado por la presente declaración, toda vez que, de la DECLARATORIA DE PERMANENCIA de fecha 11 de Diciembre del año 2007, otorgada por el Instituto Nacional de Tierras adscrito al Ministerio de Agricultura y Tierras, el citado terreno tiene por objeto única y exclusivamente la actividad agroproductiva. Devuélvanse en original las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas.
LA JUEZ TITULAR
DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. SOL SCARLET DÍAZ
En esta misma echa se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. SOL SCARLET DÍAZ
S-N° 1111/2010
JVA/ssd/cc.-
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