REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, 07 de junio de 2010.

200º y 151º

Vista la diligencia de fecha 02 de junio de 2010 (F. 234 al 237), presentada por la ciudadana NELLY BELEN GELVES DE AVENDAÑO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad Nº: V-3.195.717, de este domicilio y hábil, asistida por el abogado en ejercicio ciudadano JOSE AGUSTIN DE LA VEGA HERNADEZ, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil titular de la cédula de identidad Nro. V-9.964.128, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 48.596, parte DEMANDANTE por una parte, y por la otra los ciudadanos CARMEN GRACIELA GELVES SANTOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº: V-3.191.140, quien actúa en su carácter de heredera de su madre APOLONIA SANTOS VIUDA DE GELVES, y de su hijo YOMAR ENRIQUE GARCIA GELVES, fallecido; así como también los ciudadanos, JORGE ENDER GARCIA GELVES, GRECIA LIZBETH GARCIA GELVES y JORGE ENRIQUE GARCIA venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros V-13.793550, V-17.206.721 y V-9.466.028, respectivamente, en su carácter, los dos primeros nombrados, de copropietarios del inmueble objeto de esta demanda y en su carácter, el último de los nombrados de, heredero conocido por ser el padre del difunto ciudadano, YOMAR ENRIQUE GARCIA GELVES, antes identificado, quien fuera copropietario del inmueble objeto de esta demanda de partición debidamente asistidos, la primera de las nombradas y representados los demás por el abogado en ejercicio ciudadano ARIEL GUILLERMO BECERRA CORDERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 28.314, respectivamente contentiva de la TRANSACCIÓN celebrada entre ellos; el Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN en los términos acordados y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Conforme a lo solicitado por ambas partes, este Tribunal procede a designar como partidor al ciudadano ERIK RAMON ARELLANO SEMIDEY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.506.531, Ingeniero Civil inscrito en el Colegio de Ingeniero de Venezuela bajo el N° 150.146, teléfono 04247819613, de este domicilio y hábil. A quien se acuerda notificar a los fines de su aceptación. Una vez conste en el expediente la aceptación, a las diez de la mañana del tercer día de despacho siguiente a aquel, se llevará a cabo el acto de la juramentación.


Josué Manuel Contreras Zambrano
El Juez
Jocelynn Granados Serrano
La Secretaria
JMCZ/mr.-
Exp: 18125
En la misma fecha se libró la boleta de notificación para el partidor y se entregó al Alguacil.