REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES
CAPITULO VII:
PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: Se ADMITE la acusación presentada por el ABG. ELIZABETH ZABALETA, Fiscal Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en la Ciudad de Los Teques, en contra del imputado CARLOS AUGUSTO GONZALEZ ALVAREZ, titular de la cedula de identidad N° v-14.216.508, natural de Los Teques, fecha de nacimiento 24-04-1977, estado civil soltero, edad 30 años, profesión u oficio Chofer, residenciado: Carrizal, Barrio Gran Colombia, calle principal, casa sin número, pintada de color rosado, al final del segundo callejón, portador de la cédula de identidad V-14.216.508, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el último aparte del artículo 277 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el articulo 330 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, por reunir los requisitos establecidos en el articulo 326 eiusdem.
SEGUNDO: ADMITE LAS PRUEBAS ofrecidas el ABG. ELIZABETH ZABALETA, en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en la Ciudad de Los Teques, así como las ofrecidas por la defensa pública por cuanto se indico su pertinencia, necesidad y utilidad, y por cuanto fueron incorporadas y ofrecidas con apego a las disposiciones establecidas en la norma adjetiva penal, las cuales son las siguientes1.-: TESTIMONIAL del funcionario policial JONATHAN PEREZ , Titular de la cédula de Identidad Nro. 11.836.858, adscrito al Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, 2.- TESTIMONIAL del funcionario policial JOSE MENDOZA, Titular de la cédula de Identidad Nro. 14.584.734, adscrito al Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, 3.- TESTIMONIAL del Experto JHON ALEXANDER PEREZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Testimoniales Ofrecidas por la Defensa: 1.- JOSE RENE RANGEL ROJAS, titular de la cédula de identidad N° 12.729.404, 2.-LUIS ENRIQUE PILDAIN TORRES, titular de la cédula de identidad N° 14.336.836. Así mismo se ADMITEN LAS PRUEBAS, para ser ofrecidas por medio de su lectura y exhibición en el juicio oral y público las señaladas a continuación: 1.- Exhibición y lectura de la EXPERETICIA, identificada con las siglas 9700-113-RT-135, de fecha 05 de Mayo de 2007, suscrito por el experto Jhon Alexander Pérez Villamizar, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas,, conforme a lo establecido en el articulo 330 numeral 9 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 197 y 198 eiusdem.
TERCERO: Sin lugar las excepciones opuestas por la defensa pública, en virtud que la acusación fiscal, llenaba los requisitos establecidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal
CUARTO: Admitida como ha sido la acusación interpuesta por la Representante del Ministerio Publico SE ORDENA ABRIR EL JUICIO ORAL Y PUBLICO para lo cual se girara las instrucciones al secretario para que remita las actuaciones al sexto día hábil siguiente, quedando emplazadas las partes en para que en un plazo común de CINCO (05) DÍAS HABILES concurran ante el Tribunal de juicio, correspondiente contados a partir del día siguiente de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el artículo 331 numeral 5 Y 6 ejusdem.
SEPTIMO: Se dicta auto fundado de apertura a juicio en el día de hoy. Siendo las doce y diez minutos del mediodía (12:30 m). Es Todo, Termino, se leyó y conformes firman. Y ASI SE DECLARA.
Regístrese y publíquese y déjese constancia en el Libro Diario.
EL JUEZ
JOSE BENITO VISPO
LA SECRETARIA
IDANIA MELENDEZ
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado y se libraron los oficios correspondientes.-
LA SECRETARIA,
IDANIA MELENDEZ
EXP. NRO. 3C-4065-07
JJBV.-