REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES
Los Teques, 28 de Junio de 2010.
200° y 151°
JUEZ: Abg. ADRIAN DARÍO GARCÍA GUERRERO.
MOTIVO DE CONOCIMIENTO: NUEVO COMPUTO DE EJECUCION DE LA SANCIÓN.
SANCIONADO: XXXXXXX
DELITO: ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN GRADO DE FRUSTRACIÓN.
DEFENSA PÚBLICA: Abg. YARUMA MARTÍNEZ
VICTIMA: XXXXXX
SECRETARIA: Abg. . KATHERINE ACUÑA FUENTES
Revisadas las presentes actuaciones, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, norma supletoria por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, acuerda practicar nuevo Cómputo de ejecución de la sanción impuesta al joven adulto, XXXXXX, por decisión dictada por el Tribunal Noveno de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 10-02-2009, cuyo texto íntegro fue publicada en fecha 11-02-2009, por la comisión del delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto en el artículo 5 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en concordancia con lo establecido en el artículo 80 del Código Penal, mediante la cual se le impuso la Sanción de LIBERTAD ASISTIDA por el lapso DOS (02) AÑOS y REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de UN (01) AÑO, conforme a los artículos 626 y 624, ambos de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes.
Fecha en que el joven adulto, XXXXXX, da inicio al cumplimiento de la sanción de Libertad Asistida: 14 de mayo de 2009.
Fechas en que el joven adulto, XXXXXX, ha cumplido con las presentaciones impuestas ante la Oficina de Libertad Asistida y Servicios a la Comunidad en Ocumare del Tuy del Municipio Tomás Lander: 28-05-2009, 18-06.2009, 16-07-2009, 13-08-2009, 11-09-2009, 09-10-2009, 11-11-2009, 11-12-2009, 15-01-2010, 25-02-2010, 25-03-2010, 29-04-2010 y 31-05-2010.
Fecha en que el joven adulto, XXXXXX, finaliza el cumplimiento de la sanción de Libertad Asistida: 14 de mayo de 2011.
EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
Abg. ADRIAN DARÌO GARCIA GUERRERO.
LA SECRETARIA
Abg. KATHERINE ACUÑA FUENTES
CausaN°1E-893-09
ADGG/KAF.-