República Bolivariana De Venezuela
En Su Nombre
Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
Del Circuito de Los Valles del Tuy
De la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO
ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
En el día de hoy jueves dieciocho (18) de Marzo del año Dos Mil Diez (2.010), siendo las Diez (10:00 AM) de la mañana, fecha y hora fijada para la Celebración de la presente Audiencia de Juicio, se anunció dicho acto en la sede de este Tribunal por el ciudadano Alguacil, compareciendo ante el llamado el ciudadano Terán Vilera Ronald, titular de la cédula de identidad número V-15.224.083, parte actora en el presente procedimiento representada en este acto por el Abogado Richert Oswaldo González Acosta, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 42.819 (Procurador de Trabajadores), así mismo, comparece en este acto el ciudadano Adelino Ferreira Méndez, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil Inmobiliaria Dafer, C.A, debidamente representado por el Abogado Morillo Cisneros Ronald José, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 131.249, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la accionada.
Seguidamente siendo las diez y quince minutos de la mañana (10:15am) hace acto de presencia el ciudadano Juez Doctor PEDRO LUIS FERMIN, quien procede a dar inicio al JUICIO ORAL, exponiéndole a los presentes la naturaleza y objeto de este acto, concediéndole la palabra a las partes con el objeto que expongan al tribunal sus alegatos iniciales, comenzando por la parte actora e inmediatamente la parte demandada, otorgándoles un lapso prudencial de diez (10) minutos a cada una.
En este estado interviene la parte actora quien manifiesta que la accionada a convenido en lo demandado. El ciudadano Juez le concede la palabra a la parte accionada quien expone que conviene en lo demandado en base a la cantidad de Veinte Mil Trescientos Cincuenta Bolívares Fuertes con Cero Céntimos (Bs. 20.350,00), en virtud de que la demanda fue recalculada y aceptada por el accionante, asimismo ofrece en pagar lo convenido en un lapso de treinta (30) días continuos, contados a partir de la presente fecha.
Dicho convenimiento fue aceptado por el accionante, en consecuencia quien aquí decide declara concluida la audiencia de juicio y por autoridad de la Ley; HOMOLOGA el presente convenimiento y le otorga el carácter de cosa juzgada y le da título de fuerza ejecutiva.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial de Los Valles del Tuy de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Charallave, jueves dieciocho (18) de Marzo del año dos mil diez (2010) AÑOS: 199° y 151°. ES TODO. CHARALLAVE A LA FECHA DE SU CELEBRACION.
Dr. PEDRO LUIS FERMIN
JUEZ DE JUICIO
ABG. YARUA PRIETO
LA SECRETARIA
TERAN VILERA RONAL JOSE
PARTE ACTORA
RICHERT OSWALDO GONZÁLEZ ACOSTA
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
FERREIRA MENDEZ ADELINO
REPRESENTANTE DE LA ACCIONADA
MORILLO CISNERO RONALD JOSÉ
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
EXP. Nro. 322-10
PLF/YP/YP.-
Sentencia Exp 11/10
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