REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y PEDRO GUAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

Río Chico, 16 de Marzo de 2.010
199º y 151º.-


SOLICITANTE: MONTILVA ZAMBRANO JOSE ERASMO

MOTIVO: JUSTICIA ALTERNATIVA

SOLICITUD Nº: 2008-47

I

Se inicio el presente procedimiento en fecha 26 de Marzo de 2.008, por ante este Juzgado, mediante la comparecencia del ciudadano MONTILVA ZAMBRANO JOSE ERASMO, titular de la cédula de identidad Nº V-14.941.867; quien solicita a este juzgado sea citada la señora LISBETH SOTO la cual tiene un negocio, una venta de trajes de baños frente a Banfoandes, y vive a dos casas de la Heladería Sabrosísimo, Río Chico, porque mi esposa y yo jugamos un bolso con ella de seis mil bolívares fuertes (Bs. F. 6.000,00), y nos correspondía la entrega en el mes de noviembre de 2007 y hasta la presente fecha no nos ha cancelado en su totalidad el mismo, además de una deuda que tiene conmigo de setecientos sesenta bolívares fuertes (Bs. F. 760.00), por unas camisas q le hice entrega para que las vendiera y tampoco me las ha cancelado, ella alega que las demás personas no le han pagado y me entrevisté con cada una de ellas y me dijeron que se le habían cancelado y que podían servir de testigos, es por lo que quiero llegar a un acuerdo con ella a fin de que me pague mi dinero”.(Fs. 01 y 02). ---------------------------------------

Ahora bien; en el caso de autos se observa que fue admitida la presente solicitud en fecha 27 de Marzo de 2008, dándosele entrada en el libro respectivo bajo el Nº 2008-47, acordándose fijar el cuarto día para el acto correspondiente y se libró boleta de citación a la ciudadana antes mencionada. (Fs. 03 y 04). ------------------------------------------------------------------------------------

En fecha 31 de Marzo de 2008, comparece el ciudadano FREDDY ENRIQUE IGLESIAS COLINA, en su carácter de Alguacil de este juzgado, quién consigna constante de un (01) folio útil boleta de citación librada a la ciudadana LISBETH SOTO, debidamente recibida y firmada por la antes mencionada ciudadana. (Fs. 05 y 06). ----------------------------------

En fecha 03 de Abril de 2008, compareció previa citación por ante este juzgado la ciudadana LISBETH SOTO, asi como el ciudadano JOSE ERASMO MONTILVA ZAMBRANO, en su carácter de solicitante, con el fin de llegar a un acuerdo, mediante la cual la ciudadana Lisbeth Soto se comprometió a abonar la cantidad de BOLIVARES CIENTO CINCUENTA (Bs.150.00) quincenal para ir cancelando la deuda que tiene con el señor José Erasmo Montilva con relación a unas camisas…, que tenían un monto total de BOLIVARES SETESCIENTOS SESENTA (Bs.760,00), ….en cuanto a la deuda que poseo con respecto al bolso por BOLIVARES SEIS MIL (Bs. 6.000,00), del cual solo adeudo la cantidad de BOLIVARES TRES MIL SETESCIENTOS CINCUENTA (Bs.3.750,00), me comprometo a cancelarlo pero solicito a este Despacho se sirva citar a las personas que están pendientes del pago del mismo, los cuales me deben la cantidad de BOLIVARES DOS MIL SETESCIENTOS CINCUENTA ( Bs. F. 2.750,00) monto que me ayudaría a pagar lo que le debo al señor Erasmo, quedando a mi entera responsabilidad la cantidad de BOLIVARES MIL (Bs. F. 1.000,00), tambien solicito a este Tribunal les haga saber Que por favor respeten las instalaciones de mi casa, de mi negocio para evitarnos mas inconvenientes. El solicitante Ciudadano JOSE ERASMO MONTIVA ZAMBRANO esta de acuerdo con lo expuesto. (Fs. 07 y 08). ----------------------------------------------------------------------------------------------------------

En fecha 07 de Abril de 2.008, compareció nuevamente la ciudadana LISBETH SOTO, por ante la sede de este juzgado y solicitó se citara a los ciudadanos JUAN MONTILVA, quien trabaja en la Línea de Taxi que esta ubicada frente al parque, WILL SOJO, JOSE LUIS GONZLAEZ y XAVIER RAMIREZ, pueden ser ubicados en la Línea de Taxi Las Mercedes y LISBETH PALACIOS, quien labora en la tasca restaurante que se encuentra al lado del hotel Río Chico, con la finalidad de que lleguen a un acuerdo conciliatorio en relación al pago de un bolso, el cual adeuda al ciudadano JOSE ERASMO MONTIVA ZAMBRANO y el cual no ha podido cancelar debido a que esas personas no le han terminado de pagar el mismo y en esa misma fecha el Tribunal dictó auto acordando librar las correspondiente boletas de citación. (Fs.09 al 15). ----------------------------------------------------------------------------------------------------

En fecha 08 de Abril de 2.008, comparece el ciudadano FREDDY ENRIQUE IGLESIAS COLINA, en su carácter de alguacil del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual y consignó constate de dos (02) folios útiles, boletas de citación a nombre de los ciudadanos JOSE LUIS GONZALAEZ y WILL SOJO, las cuales fueron debidamente recibidas y firmadas por el ciudadano Edwin Achique, en su condición de Contralor de la Cooperativa de Transporte Virgen de las Mercedes. (Fs. 16 al 19) ---------------------------------------------------------

En fecha 08 de abril de 2.008, comparece el ciudadano FREDDY ENRIQUE IGLESIAS COLINA, en su carácter de alguacil del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual y consignó constante de un (01) folio útil, boleta de citación a nombre de la ciudadana LISBETH PALACIOS, la cual fue debidamente recibida y firmada por la antes mencionada ciudadana. (F 20 y 21). ----------------------------------------------------------------------------------------------------------

En fecha 09 de Abril de 2.008, comparece el ciudadano FREDDY ENRIQUE IGLESIAS COLINA, en su carácter de alguacil del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual y consignó constante de un (01) folio útil, boleta de citación a nombre del ciudadano Juan Montilva, la cual fue debidamente recibida y firmada por el ciudadano JOSE MONTILVA, en su condición de hermano del antes mencionado ciudadano. (F 22 y 23) --------------------------------

En fecha 10 de Abril de 2.008, comparece la ciudadana LISBETH SOTO, en su carácter de solicitante y consignó constante de un (01) folio útil, boleta de citación a nombre del ciudadano XAVIER RAMIREZ, la cual fue debidamente recibida y firmada por el antes mencionado ciudadano. (F 24 y 25) --------------------------------------------------------------------------

E fecha 16 de Abril de 2.008, fecha fijada para efectuarse el acto conciliatorio y una vez hecho el anuncio a las puertas del tribunal por el ciudadano RAFAEL ERNESTO PEDAUGA URBINA, en su carácter de alguacil temporal del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual, y habiendo pasado el lapso de tiempo prudente, se evidenció que no comparecieron los ciudadanos WILL SOJO, JOSE LUIS GONZALEZ, XAVIER RAMIREZ, LISBETH PALACIOS y JUAN MONTILVA, se declaró desierto el acto. (F 26) -------------------------------

II

DISPOSITIVO DEL PRESENTE FALLO SOBRE PERENCIÓN

Se observa en la presente causa, que desde la última actuación, la cual fue en fecha 07 de abril de 2008 (07-04-2008), han transcurrido un (01) año, once (11) meses y nueve (09) días. También es importante destacar que, se constató que en la presente solicitud no fue cumplido el petitorio de la presente solicitud entre el ciudadano JOSE ERASMO MONTILVA ZAMBRANO, en su carácter de solicitante y la ciudadana LISBETH SOTO, en su carácter de citados. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------






III

En consecuencia este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y PEDRO GUAL CON SEDE EN RIO CHICO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la respectiva PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, al presente procedimiento de consignación llevado por motivo de JUSTICIA ALTERNATIVA, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, dándose así por terminada la presente causa. -------------------------------------

Publíquese, regístrese y déjese copia previamente certificada por secretaría de la presente decisión, todo de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. -------------

Archívese el presente expediente y en su debida oportunidad, remítase al archivo judicial previa consideraciones de ley. ------------------------------------------------------------------------------

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a los dieciséis (16) días del mes de marzo del año dos mil diez (2010). Años. 199° de la Independencia y 151° de la Federación.
EL JUEZ

EMERSON LUIS MORO PEREZ


LA SECRETARIA TEMPORAL,

ZULAY COROMOTO MUÑOZ DIAZ.

En esta fecha de hoy (16-03-2010), se publicó y registró la anterior sentencia previo el anuncio de ley, siendo las once y cuarenta y cinco horas de la mañana (11:45 a.m.). ----------------


LA SECRETARIA TEMPORAL,

ZULAY COROMOTO MUÑOZ DIAZ



ELMP/zcmd/lp
Solicitud Nº 2008-47