REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y PEDRO GUAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

Río Chico, 05 de Marzo de 2.010
199º y 151º.-


SOLICITANTE: ASOCIACIÓN COOPERATIVA BANCO COMUNAL

MOTIVO: INSPECCIÓN JUDICIAL

EXPEDIENTE: 2007-69

I
Se inició el presente procedimiento por motivo de INSPECCIÓN JUDICIAL, solicitada por el ciudadano JUAN JOSÉ DONAYES CASTRO, titular de la cédula de identidad Nº V-14.097.046, en su carácter de Secretario de la Cooperativa de Finanzas de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA BANCO COMUNAL MIRANDA PAEZ TACARIGUA LA LAGUNA, BRISAS DEL VALLE 0070 (MIPATLBV0070), en fecha 03 de Abril de 2007, para que dicho tribunal se traslade y constituya en la Urbanización Brisas del Valle, Segunda Etapa, Parroquia Tacarigua La Laguna, Municipio Páez del Estado Miranda, y adjunto a la solicitud copias de documentos previamente certificados por secretaria ad efectum videndi constante de cuarenta y ocho (48) folios útiles (Fs. 01 al 49). ----------------
A.) Acta Constitutiva y Estatutos de la Asociación Cooperativa Banco Comunal Miranda Páez de Tacarigua de la Laguna, Brisas del Valle 0070 (MIPATLBV0070).
B.) Documento de Donación de un lote de terreno por parte de la Alcaldía del Municipio Páez del Estado Miranda a la Asociación Cooperativa Banco Comunal Miranda Páez de Tacarigua de la Laguna.
C.) Actas de Asambleas de Ciudadanos y Ciudadanas de la Asociación Cooperativa Banco Comunal Miranda Páez de Tacarigua de la Laguna.
D.) Proyecto Endógeno de Fabricación de Bloques de Cemento aprobado a la Asociación Cooperativa Banco Comunal Miranda Páez de Tacarigua de la Laguna.
E.) Inspección Judicial solicitada por ante este juzgado por los ciudadanos Eduardo Nicolas Alfaro Bellorin, Fernando Rafael Bellorin y Mildred Yeraldyn García Bellorin, signado con el Nº 2007-50.

Ahora bien; en el caso de autos se observa que fue admitida la presente solicitud en fecha 04-04-2007, dándosele entrada en el libro respectivo bajo el Nº 2007-69 y fijándose el día Martes ocho (08) de abril de 2007, a las diez horas de la mañana (10:00 am), para el traslado y constitución de este juzgado en la dirección ya mencionadas en autos, como también se acuerda librar en el mismo auto oficio dirigido al Instituto Autónomo de la Policía del Estado Miranda para que se sirvan enviar funcionarios para la custodia de este tribunal al momento de la practica de la Inspección Judicial, quedando dicho oficio registrado bajo el Nº 2810-146-07. (Fs. 50 al 51). --------------------------------------------------

Ahora visto que desde la misma fecha 03 de Abril de 2.007, han transcurrido dos (02) años y once (11) meses, desde que el solicitante compareció por ante este Juzgado, tiempo en el cual no ha habido actuación alguna para impulsar el procedimiento. En consecuencia este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y PEDRO GUAL CON SEDE EN RIO CHICO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la respectiva PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, al presente procedimiento de solicitud de Inspección Judicial, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, dándose así por terminada la presente causa.

Publíquese, regístrese y déjese copia previamente certificada por secretaría de la presente decisión, todo de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. -------------------------------------------------------------------------------------------------------

Archívese el presente expediente y en su debida oportunidad, remítase al archivo judicial previa consideraciones de ley. ---------------------------------------------------------------

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a los cinco (05) días del mes de marzo del año dos mil diez (2010). Años. 199° de la Independencia y 151° de la Federación.
EL JUEZ

EMERSON LUIS MORO PEREZ

LA SECRETARIA TEMPORAL

ZULAY COROMOTO MUÑOZ DIAZ


En esta misma fecha de hoy (05-03-2010), se publicó y registró la anterior sentencia previo el anuncio de ley, siendo las once horas y quince minutos de la mañana (11:15 a.m.).


LA SECRETARIA TEMPORAL

ZULAY COROMOTO MUÑOZ DIAZ
























ELMP/zcmd/nm
Solicitud Nº 2007-69