REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO PLAZA
LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO PLAZA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
EXPEDIENTE Nº 7954 (SOLICITUD).-
Mediante escrito presentado en fecha veinticinco (25) de febrero del año dos mil diez (2010), por la ciudadana: CLARA ROSA PEREZ DE FARREL, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, portadora de la cédula de identidad N° V-16.432.547, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MARIELBA GONZALEZ LEON, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 41.530, solicitó la declaratoria de UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del De Cujus RAFAEL HUMBERTO FARREL ROJAS, a su favor.
DICE LA SOLICITANTE QUE:
1º) El día diez (10) de enero de dos mil nueve (2009), falleció ab-intestato en la Ciudad de Guarenas, Estado Miranda, el De cujus RAFAEL HUMBERTO FARREL ROJAS.
2º) Acompaña a la solicitud los siguientes documentos: ACTA DE DEFUNCIÓN del De Cujus RAFAEL HUMBERTO FARREL ROJAS y ACTA DE MATRIMONIO de los ciudadanos: RAFAEL HUMBERTO FARREL ROJAS y CLARA ROSA PEREZ SOTO.-
Concluye solicitando se le declare UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del De Cujus RAFAEL HUMBERTO FARREL ROJAS.-
El Tribunal mediante auto de fecha veinticinco (25) de febrero de dos mil diez (2010), admitió la solicitud y ordenó la evacuación de los testigos, CIUDADANOS ANA SELMIRA TROMPETERO, LIBIA ESPERANZA BECERRA y JOSE ALFREDO TORREALBA OSES, que oportunamente presentare la parte solicitante.
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
PRIMERA: Mediante Resolución Nº 2009-006, de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y Publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha dos (02) de abril de 2009 de la República Bolivariana de Venezuela, se modificó la competencia y la cuantía de los Tribunales de Municipios, atribuyéndosele con carácter exclusivo y excluyente la competencia para hacer la declaratoria de que habla el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDA: En fecha cuatro (04) de marzo del año dos mil diez (2010), se oyeron las deposiciones de los ciudadanos: ANA SELMIRA TROMPETERO, LIBIA ESPERANZA BECERRA y JOSE ALFREDO TORREALBA OSES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y portadores de las cédulas de identidad N° V-10.315.828, V-5.615.374 y V-6.507.079, respectivamente, quienes afirmaron que conocen a la solicitante y conocieron al De Cujus y les consta que la solicitante es la única y universal heredera del mismo, Declaraciones estas que este Tribunal le da pleno valor, conforme lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECLARA.-
TERCERA: Promueve la parte solicitante los siguientes documentos: ACTA DE DEFUNCION del ciudadano: RAFAEL HUMBERTO FARREL ROJAS y ACTA DE MATRIMONIO de los ciudadanos: RAFAEL HUMBERTO FARREL ROJAS y CLARA ROSA PEREZ SOTO, cuyos datos da por reproducido este Tribunal. Estos documentos son demostrativos del fallecimiento del De Cujus RAFEL HUMBERTO FARREL ROJAS y de la filiación existente entre el mismo y la ciudadana: CLARA ROSA PEREZ SOTO, por tratarse estos de documentos públicos establecidos en el artículo 1357 del Código Civil, este Tribunal les asigna el valor probatorio que se desprende del artículo 1359 Eiusdem, en concordancia con el artículo 506 del Código de Procedimiento Civil. ASÍ SE DECLARA
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Municipio del Municipio Plaza de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del De Cujus RAFAEL HUMBERTO FARREL ROJAS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de la ciudadana: CLARA ROSA PEREZ DE FARREL.-
PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despachos de este Tribunal, en Guarenas, a los diecinueve (19) días del mes de marzo de dos mil diez (2010). Años: 199° de la Independencia y 151° de la Federación.-
EL JUEZ,
Abg. WILMER HERNANDEZ OROPEZA
LA SECRETARIA,
Abg. LAURA ROWINA SOLIS H.
En fecha 19/03/2010, siendo las 10:00 AM., se publicó la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,
Abg. LAURA ROWINA SOLIS H.
EXPEDIENTE N° 7954
WHO/LS/gustavo.-