REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE Y POR AUTORIDAD DE LA LEY
(ARTICULO 242 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL)
199° y 151°
SOLICITUD N° 2010-034
TIPO DE DECISION: INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
ORGANO JURISDICCIONAL: Artículo 243 Ordinal Primero del Código de Procedimiento Civil, JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. San José de Barlovento, 15 de Marzo del año dos mil diez (2010).
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES: 1°) Como parte solicitante la ciudadana: CARMEN ZORAIDA PACHECO MATINEZ, quien es venezolana, mayor de edad, de este domicilio, alfabeta, identificada con la cédula de identidad Nº V.- 6.060.793, debidamente asistida por el Abogado Daniel Campos Marcano, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 5.009.
EL DEVENIR PROCESAL
En fecha 10 de Febrero del presente año 2010, fue presentado ante este despacho escrito contentivo de Solicitud de Inserción de Partida, de conformidad con lo establecido en el Artículo 56 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el Artículo 768 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, por parte de la ciudadana CARMEN ZORAIDA PACHECO MARTÍNEZ, mediante el cual manifestó a este Tribunal haber nacido en parto casero sencillo, en esta población de San José de Barlovento, en fecha 03 de Julio del año 1952, siendo hija del ciudadano José del Carmen Pacheco y de la ciudadana Julia Martínez, ambos Barloventeños, los cuales se encuentran vivos en la actualidad. Igualmente manifestó que contrajo matrimonio civil con el ciudadano Wilfrido Sun, también nativo de Barloventeño de descendencia China, con quien procreó tres hijos. Finalmente informó la solicitante, que nunca fue presentada por ante la Prefectura de este localidad, hoy día Registro Civil de Personas, habiendo obtenido su cédula de identidad en un operativo de la antigua DIEX, y luego de haber sacado su Cedula de Identidad, se olvidó, lo que ha traído como consecuencia que dicha ciudadana no pueda obtener su partida de nacimiento.
Cursa del folio 02 al 30, recaudos anexos al escrito presentado por la solicitante, debidamente certificada, como prueba de haber recibido los originales, los cuales guardan relación con la solicitud.
Cursa al folio 31 de la presente causa, auto mediante el cual se admite la presente solicitud, quedando anotada en los libros respectivos bajo el Nº 2010-034, y en esta misma fecha se libro boleta de Notificación Nº 5360-006, a la Doctora Ibis Tour, Fiscal Decimotercera del Ministerio Público del Estado Miranda.
Riela al folio 33, Cartel de Emplazamiento para ser publicado en el “Diario la Voz de Guarenas” emplazando a comparecer a este despacho judicial, a quienes tengan interés jurídico en la presente solicitud.
Va al folio 34 y 35, impresión de la mano derecha e izquierda completa y de los dedos pulgares derecho e izquierdo de la ciudadana Carmen Zoraida Pacheco, tomada en este despacho en fecha 12-02-2010.
Riela al folio 36, diligencia de fecha 18 de febrero del presente año 2010, suscrita por el ciudadano Ciro Juan Marcano, mediante la cual consigna constante de dos (02) folios útiles, constancia de recibo de compulsa y Boleta de Notificación Nº 5360-006, como prueba de haber sido entregada en su destino.
Va inserta al folio 39, diligencia de fecha 18 de Febrero de 2010, suscrita por la ciudadana Ibis Tour, Fiscal Décima Tercera del Ministerio Público, mediante la cual solicitó al Tribunal Inste a la solicitante a indicar si sus familiares procederán a ser promovidos como testigos, y en caso de ser positivo indicar los particulares que responderán, se oficie a la Oficina de Registro Principal del Estado Miranda, a los fines de que informen a este despacho si en sus libros cursa Partida de Nacimiento de la ciudadana Carmen Zoraida Pacheco Martínez y por último se ordene la publicación del Cartel de Emplazamiento de conformidad con el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil.
Cursa al folio 40 de la presente solicitud, auto de fecha 18 de Febrero del presente año 2010, mediante el cual se acuerda lo solicitado por la Dra. Ibis Tour, Fiscal Decimotercera del Ministerio Público.
Va al folio 41, diligencia de fecha 23 de febrero, mediante la cual el ciudadano Wilfrido Menfong Sun, consigna la pagina Nº 21 del Diario la Voz donde se constata la publicación del Cartel de Emplazamiento librado por este despacho, además de ello consigna oficio Nº 2010-135, emanado del Registro Principal del Estado Miranda, dando información acerca del no registro de la ciudadana Carmen Zoraida Pacheco Martinez, así como copia fotostática del oficio 5360-0047.
Finalmente cabe relacionar que fueron evacuadas las testifícales de los ciudadanos Wilfredo Sung González (folio 47 y vuelto), Erika Sung Pacheco (folio 48 y vuelto), Meylin Yuling Pacheco (folio 49 y vuelto), John Joseph Sun Pacheco (folio 50), Miriam Haydee Aguilera (folio 51), Felipe segundo Estrada (folio 52) quienes fueren contestes, de manera uniforme y coherente, en afirmar que la presente solicitante, Carmen Zoraida Pacheco Martinez, nació en San José de Barlovento, Municipio Andrés Bello del estado Miranda, en fecha 03 de Julio de 1952, y es hija de los ciudadanos José del Carmen Pacheco y Julia Martínez, titulares de la cedula de identidad N° V-2.060.309 y V-6.389.063, respectivamente, naturales de esta localidad. Además informaron que no conocen persona alguna que pueda verse afectada por el presente procedimiento de Inserción de Partida de Nacimiento.
PARTE MOTIVA
UNICO: Observa este decisor que en este procedimiento, denominado en la doctrina y en la Jurisprudencia patria, como de Jurisdicción Graciosa, la competencia ha sido atribuida a los Tribunales de Municipio por Resolución de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, que quede advertido solo para conocer de situaciones cuando no emerge en el devenir del procedimiento el carácter contencioso. Pues de suceder así el Juez que conozca de la causa deberá forzosamente declinar la competencia en el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil. También aprecia que ha quedado demostrado fehacientemente que la ciudadana Carmen Zoraida Pacheco Martinez, no solo nació en fecha 03 de julio de 1952, en este Municipio Andrés Bello del Estado Miranda, como producto de la unión entre los ciudadanos José del Carmen Pacheco y Julia Martinez, sus padres consanguíneos, sino que también creció en esta comunidad Barloventeña , hizo vida social publica, y hasta llego a obtener su cedula de identidad a través de operativos especiales de cedulación. Además de ello, la interesada solicitante de manera efectiva y suficiente, ha demostrado a través de la constancia de no presentación, expedida por el Registro Principal del estado Miranda, asi como de la Oficina de Registro Civil de Personas de esta localidad, que en ningún momento fue presentada, asi como ella advierte, por habérselo confesado sus padres. Igualmente cabe comentar que en este particular caso se ha señalado que no existe tercera persona perjudicada con el presente trámite de Inserción de Partida de Nacimiento. En fundamento de todo lo expuesto precedentemente este Juzgado de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, reconoce el valor probatorio que todas las pruebas aportadas y debidamente relacionadas evidencian, de conformidad a lo establecido en los artículos 507, 508, y 510 del Código de Procedimiento Civil, pues considera que satisfechos los supuestos narrados con anterioridad, a lo que se suma el hecho positivo de no haber surgido el elemento contencioso, ni mucho menos se ha interpuesto oposición alguna, por todo ello que este juzgador, en preservación de los principios constitucionales “Acceso a la Justicia”, “Administración de Justicia con Celeridad” “Justicia Material” y “Justicia Antiformalista”, considera procedente ordenar la debida inserción de partida de nacimiento en el Registro Civil de Personas del Municipio Andrés Bello, y así se declara.-------------------------------------------------------------------------
DISPOSITIVA
Con fundamento a los hechos narrados, y al derecho motivado, éste JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, con sede en San José de Barlovento, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA:. Primero.- Procedente la Inserción de Partida de nacimiento de la ciudadana CARMEN ZORAIDA PACHECO MARTINEZ, quien demostró haber nacido en San José de Barlovento, el 03 de julio de 1953, hija reconocida de José del Carmen Pacheco, venezolano e identificado con la Cedula de Identidad N° V-2.-060.309, y de la ciudadana Julia Martinez, venezolana e identificada con la Cedula de Identidad N° V-6.389.063, ambos nativos de esta localidad Barloventeña. Segundo.- Ofíciese a la Oficina del Registro Superior Civil de Personas así como al del Municipio Andrés Bello del Estado Miranda, remitiendo copias de la presente sentencia, debidamente certificada por la secretaria de este despacho, para que procedan administrativamente al cumplimiento inmediato de inserción ordenada en la presente sentencia.--------------------------------------------------------------------------------------------------
Publíquese, diarícese, agréguese a la solicitud y archívese copia de la presente decisión.---------------------------------------------------------------------------------------------------
Dada, firmada y sellada en la sala de audiencias del JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. San José de Barlovento, a los quince (15) días del mes de Marzo, del año dos mil diez (2010), siendo las once (11:00 a.m.) de la mañana. AÑOS 199° DE LA INDEPENDENCIA Y 150° DE LA FEDERACION.---------------------------------------
EL JUEZ TITULAR,
DR. AGFADOULE JOSE AGRINZONES FARRAY
EL SECRETARIO,
ABG. EDWARD CAMACHO DELGADO
En esta misma fecha y como esta acordado se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las once y quince minutos (11:15 a.m.) de la mañana.-------------------------------------
EL SECRETARIO,
ABG. EDWARD CAMACHO DELGADO
AJAF/ECD/fga.
Sol. 2010-034
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