JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, diez (10) de marzo de dos mil diez.-
199º y 151º
Recibido por distribución constante de DOS (02) folios útiles y NUEVE (09) folios útiles los recaudos. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado por el ciudadano JESUS ALBERTO CASTELLANOS ANGULO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.5.647.017, asistido por el abogado, JESUS ALBERTO CASTELLANOS RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 118.085, de este domicilio; este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY y por tratarse el presente caso de un simple error material y con fundamento a lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA PROCEDENTE el pedimento formulado por el ciudadano JESUS ALBERTO CASTELLANOS ANGULO, ya identificado, lo cual corresponde a RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO No.253, levantada el 16 de marzo de 1.960, por ante el Prefecto Civil del entonces Municipio San Sebastian del Distrito San Cristóbal del Estado Táchira, hoy Parroquia San Sebastian del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, la cual se encuentra inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos, llevados por el Registro Principal del Estado Táchira donde se desprende que la fecha de nacimiento del solicitante aparece como “el día cuatro del presente mes”, cuando lo correcto sería “el día primero de este mes”; y revisada como ha sido la documentación presentada esto es: copia simple de Partida de Nacimiento No.253 del año 1960, perteneciente a JESUS ALBERTO, expedida el 03 de octubre de 1.995, por la Prefectura de la Parroquia San Sebastian, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; copia simple de Cédula de Identidad No.5.647.017, perteneciente a JESUS ALBERTO CASTELLANOS ANGULO; y copia certificada de Partida de Nacimiento No.253 del año 1960, perteneciente a JESUS ALBERTO, expedida el 06 de octubre de 2.008, por el Registro Principal del Estado Táchira; considera quien Juzga que erróneamente en el Libro de Registro Civil de nacimientos llevados por el Registro Principal del Estado Táchira, en la Partida de Nacimiento No. 253 del año 1.960, se hace mención que el solicitante tiene como fecha de nacimiento “el día cuatro del presente mes”, cuando lo correcto es “el día primero de este mes”; y así se decide.-
En consecuencia ofíciese al Registro Principal del Estado Táchira, a fin de que sea estampada la nota marginal en la Partida de Nacimiento Nº 253 del año 1.960, perteneciente al ciudadano JESUS ALBERTO CASTELLANOS ANGULO. Expídase las copias certificadas.-
Publíquese, Regístrese y Déjese copia para el archivo del Tribunal.



Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Abg. Frank Villamizar Rivera
Secretario

En la mima fecha se Inventarió el presente expediente bajo el No.12.350-10; así mismo se dictó y publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº 1471, siendo las doce y media de la tarde (12:30 p.m.), dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal. Y se libró el oficio No. 3190-361, al Registro Civil Principal del Estado Táchira, en cumplimiento a lo ordenado anteriormente.-
El Secretario
Deisy F.
Expediente N° 12.350-10.