REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO TACHIRA

199° y 151 °


EXPEDIENTE Nº SPO1-L-2009-000614.
PARTE ACTORA: ROSALINA HERNANDEZ HERNANDEZ y FRANK A. ONTIVEROS CARDENAS, titulares de las Cédulas de Identidad N°:V- 3.997.507 y 15.232.608 .
APODERADO DEL DEMANDANTE: NELLY CASTAÑEDA, con IPSA Nro: 97.697.
PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO INDEPENDENCIA DEL ESTADO TACHIRA. APODERADO DEL DEMANDADA: YANISER CASTILLO, con IPSA Nro: 140.003.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS.

En el día de hoy, jueves 25 de Marzo de 2010, siendo las once y cincuenta y cinco de la mañana (11:55am) oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Conciliatoria, comparecieron por ante este Juzgado los trabajadores y las abogadas de ambas partes, así dándose inicio a la misma, se le concede el derecho de palabra a la parte demandada quien expone: con el objeto de dar por terminado el presente juicio se ofrece cancelar a las partes actoras CUARENTA Y CINCO MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs: 45.000,00) que serán pagado a cada trabajador en este acto mediante 02 cheques del Banco SOFITASA, por bolívares 25.000,00 a nombre de ROSALINA HERNANDEZ HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad N°:V- 3.997.507 de nro: 07299187 y el otro a nombre de FRANK A. ONTIVEROS CARDENAS, titulare de la Cédula de Identidad N°:V-15.232.608 por Bs.10.000,00 de nro: 07299188 y la cantidad restante que son Bs.5.000,00 a cada uno se le cancelarán en fecha 15-07-2010 , por concepto de lo demandado, para llevar a cabo el cumplimiento total de dicha obligación. En este estado se instó a la parte actoras a considerar dicha cantidad para darle fin al proceso y de esta manera satisfacer la acreencia que por derecho les corresponde; las partes demandantes declaran estar conformes con lo propuesto, y señalan que no resta monto alguno a su favor por lo reclamado en el líbelo de la demanda, ni por ningún otro concepto. Oída por las partes las sugerencias de la titular de este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Laboral del Estado Táchira HOMOLOGA el acuerdo celebrado entre las partes y le otorga el carácter de cosa juzgada, dándose por concluido el presente proceso, de conformidad con lo establecido por el artículo 133 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena expedir tres copias certificadas de la presente acta y no se ordena el archivo del expediente hasta tanto no conste en autos su último pago, además de hacerles en este acto entrega de las pruebas . Es todo, termino se leyó y conformes firman.-






Dra. YALENA MORA
LA JUEZ.
PARTE ACTORA



PARTE DEMANDADA








La Secretaria



Exp. 2009-614.
YM