REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES
Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le concede la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECLARARSE INCOMPETENTE PARA CONOCER DE LAS PRESENTE ACTUACIONES, que guardan relación con el ciudadano CASTILLO JONATHAN OMAR, titular de la cedula de identidad N° V-13.728.239; por la presunta comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS; previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, al considera quien aquí decide, que lo justo y ajustado a Derecho es DECLINAR LA COMPETENCIA, al Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de este Control del Circuito Judicial Penal, que seguirá conociendo, de conformidad con lo establecido en los artículos 72 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE ORDENA REMÍTIR las presentes actuaciones al Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, de esta sede.
Regístrese, publíquese, déjese copia de la presente decisión y constancia en el Libro Diario, notifíquese a las partes conforme al contenido del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal y Librese oficio en donde se ordena remitir las presentes actuaciones. CUMPLASE.
LA JUEZ SEXTO DE CONTROL
NAIR J. RÍOS CHÁVEZ
EL SECRETARIO
ABG. EDUARDO JOSÉ SÁNCHEZ AGUILERA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se registró este auto bajo el Nº 6C-5381-08, en el Libro de Registro respectivo; se compulsó copia de archivo y se libro los oficios y boletas de notificación. Y así lo certifico.
EL SECRETARIO
ABG. EDUARDO JOSÉ SÁNCHEZ AGUILERA
Causa: 6C-5381/08
Causa de Fiscalía: 15F19-317-08
Decisión constante de siete (07) folios útiles
Sin Enmienda