REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES


En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la Ciudad de Los Teques, Estado Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, acuerda lo siguiente: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por el Defensor Publico Penal DRA. JUSMAR CASTILLO y ACUERDA, con fundamento en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal fijar un PLAZO PRUDENCIAL DE CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS CONTINUOS para que el Ministerio Público representado en este acto por el Fiscal Primero del Ministerio Público DR. JUAN CANELON, presente el acto conclusivo correspondiente en la causa que se le sigue a la imputada del ciudadano MARTINEZ TOVAR ROBERT JOSE, titular de la cedula de identidad Nº V-22.381.363, de conformidad con lo establecido en los artículos 24, 26 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con lo establecido en los artículos 1, 11, 12 y 313 del Código Orgánico Procesal Penal.

Se declara CON LUGAR la solicitud realizada por la Defensora Pública Penal y PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud del Fiscal del Ministerio Publico.

Regístrese, déjese copia y constancia en el libro Diario de la presente decisión. CÚMPLASE.

LA JUEZ SEXTO DE CONTROL

NAIR J. RÍOS CHÁVEZ
EL SECRETARIO

ABG. EDUARDO JOSE SANCHEZ AGUILERA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se registró este auto bajo el Nº 6C-5940-09, en el Libro de Registro respectivo; se compulsó copia de archivo. Y así lo certifico.

EL SECRETARIO

ABG. EDUARDO JOSE SANCHEZ AGUILERA





Causa: 6C-5940-09
Cusa de Fiscalia Nº 15F1-0782-09
Decisión constante de cuatro (04) folios útiles
Sin Enmienda.