REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 17 de mayo del año 2010
200° y 151°

Visto el contenido del escrito cursante en el folio 167 del presente expediente, recibido ante este Tribunal en fecha 14 de este mismo mes y año, presentado por la ciudadana MARIA DEL CARMEN MARQUEZ PEREIRA, siendo asistida por el abogado LUÍS GERARDO TARAZONA CAMPOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 33.249, parte solicitante en este proceso, mediante la cual promueve prueba documental dentro de la oportunidad legal y procesal para hacerlo, este Juzgado la admite por no ser la misma manifiestamente ilegal ni impertinente, salvo su apreciación en la definitiva, y así se decide.

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.

LA SECRETARIA,


Abg. LESBIA MONCADA de PICCA.

THA/LMdeP/Deivyd
Exp. N° 090148