MAYO 2010
Siendo las 9:00 a.m., del día de hoy veinte de mayo del año dos mil diez, se traslado y constituyó el Tribunal conforme esta acordado en el sitio denominado: Casa-Quinta ubicada en la Urbanización Lecumberry Primera Etapa, Manzana “C” distinguida con la casa Nº C-71, Cúa, Estado Miranda, a fin de darle cumplimiento a la medida de Embargo Ejecutivo, ordenado por el Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con oficio Nº 352 de fecha 06 de Abril del 2010, en el juicio que por Cobro de Bolívares (vía ejecutiva) sigue Abg. Leonardo Alexander Bastida Navas, actuando en nombre y representación de la Sociedad Mercantil Inversora Participar, S.A., contra la ciudadana Rossini Alexandra Yánez Ávila y de los ciudadanos Nicolás José Yánez y Amelia Ávila de Yánez. Presente en este acto Abg. Jessmar Núñez, el Depositario Judicial Ildemaro Lemus, el perito avaluador Maikel Blanco, la ciudadana Amelia Ávila de Yánez a quien se le notifico la misión del tribunal, no se le coloco cédula de identidad por cuanto la ciudadana no la facilito, se deja constancia que le fue entregado copia simple del mandato de ejecución de conformidad con el 49 Constitucional, se deja constancia que fue colocado en la puerta principal de la vivienda Cartel de Notificación. En este estado la Abg. Jessmar Núñez, señala el Inmueble objeto de la medida seguidamente el perito Avaluador expone: Un Inmueble que esta constituido por tres habitaciones una sola y un comedor un estacionamiento que se encuentra a la entrada al inmueble con piso rustico las paredes que totalmente agrietadas, techos filtrados, una reja corrediza a la entrada del estacionamiento de color blanco, y estimo un valor aproximado de Doscientos Ochenta Mil (Bs 280.000,00), a continuación la Juez enseñó el carnet de notificación a la notificada. Seguidamente el Tribunal le indica la dirección del Juzgado a la notificada a los efectos consiguientes Calle Gustavo Farrera, con calle Yaruro, C.C. Residencial El Campito Torre “G”, Mezzanina, Charallave, horario de 8:00 a.m. a 1:00 p.m., en este estado el Tribunal declara la desposesión del inmueble y lo embarga ejecutivamente y lo pone en posesión del ciudadano Ildemaro Lemus, Depositario Judicial, quien estando presente lo recibe bien y conforme y manifiesta que lo cuidara como un buen padre de familia. Es todo. Siendo las 11:40 a.m.; el Tribunal declara su misión y acuerda regresar a su sede. Termino, se leyó y conformes firman. L.S. La Juez. La Notificada (se negó a firmar). La Abogada Apoderada Judicial. El Perito. Depositario. El Secretario. (Fdos) ilegibles.
Comisión 2010/795.
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