REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO BOLIVARIANO MIRANDA

Carrizal, 19 de Mayo de 2010
200° y 151°

Vistas las actuaciones que anteceden, este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y de la Resolución Nro. 2009-0006, de fecha dieciocho (18) de marzo de 2009, debidamente publicada en Gaceta Oficial bajo el Nro. 39152, de fecha dos (2) de febrero del año en curso, DECLARA: la misma TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana LUNA AURORA CHAVEZ DE OROPEZA venezolana, mayor de edad, de este domicilio titular de la cedula de identidad Nº. V-4.052.216 según se evidencia de documento debidamente protocolizado por ante el Registro Publico del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda en fecha 22 de Julio de 2004., registrado bajo el Nº 13, Protocolo Primero, Tomo 08, dicho terreno esta ubicado en Sector Los Peñones Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda y tiene una superficie aproximada de UN MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS CON UN CENTIMETRO CUADRADO (1.500,01 m2), cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvase en originales las presentes actuaciones a los solicitantes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual fue redactada por el abogado Juan Carlos Zamora, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 96.017. El tribunal certifica que tuvo a su vista los siguientes documentos originales: A) Documento debidamente protocolizado por ante el Registro Publico del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda en fecha 22 de Julio de 2004., registrado bajo el Nº 13, Protocolo Primero, Tomo 08.-.
Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este tribunal.
La Juez,

___________________________
Dra. Liliana A. González G.

El Secretario,

____________________
Abg. José A. Freitas

En la misma fecha se de hoy, se devuelve la presente actuación a la parte solicitante, constante de cuatro (04) folios útiles.
El Secretario,
_____________________.
Abg. José A. Freitas

Lagg/Jaf/gt
S. 1807-10