REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA


San Antonio de Los Altos, 6 de mayo de 2010.
200° y 150°

Recibido como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana LUISA TERESA ALFONZO LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.949.367, asistida por el abogado Félix Perdomo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 107.734, en su condición de integrantes de la causante, ciudadano JERÓNIMO JESÚS SALAZAR ALFONZO; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada. Este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Decreta ÚNICA Y UNIVERSALA HEREDERA SUFICIENTE y BASTANTE a la ciudadana LUISA TERESA ALFONZO LÓPEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-10.949.367, respectivamente, en su orden, en la sucesión del ciudadano JERÓNIMO JESÚS SALAZAR ALFONZO, quien en vida era venezolano, mayor de edad, divorciada, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.065.949, quien falleció en fecha 18 de marzo de 2010; en su carácter de causahabiente de la prenombrada causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a los solicitantes en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA TITULAR

LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO


MAIKEL MEZONES
Expediente N° S-2010-049
LCH/ev*











Quien suscribe, MAIKEL MEZONES, Secretario del Juzgado de Municipio del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, por medio de la presente Certifico: que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original, relativo al Decreto de ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, otorgado por este Tribunal a favor de la ciudadana LUISA TERESA ALFONZO LÓPEZ, cursante al folio Nº 17, del expediente signado con el Nº S-2009-049. Certificación que se hace de conformidad con el artículo 112 del Código Procedimiento Civil. En San Antonio de Los Altos, a los seis (6) día del mes de mayo del año dos mil diez (2010).


EL SECRETARIO

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MAIKEL MEZONES





MM/ev*