REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 11 de Mayo de 2010.-
200° y 151°
N° 3CS-489/10
Juez: Dra. Rosa Elena Rael Mendoza.-

Secretaria: Abg. Yulida Ríos

Solicitud: Orden de allanamiento

Solicitante: Fiscal Auxiliar 19° del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Dr. Iván Ruiz Guerrero.


DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, AUTORIZA practicar ALLANAMIENTO en el inmueble tipo vivienda de dos (02) plantas tipo galpón, de paredes de bloque frisadas, pintadas de color blanco, con puerta, ventanas y portón de metal pintadas de color negro, al frente tiene escaleras pequeñas de cemento y barandas de metal pintadas de color negro, un muro pequeño pintado con rayas amarillas, ubicada al lado de un poste de alumbrado eléctrico con los siguientes alfanuméricos: 03Hk147, ubicada en: Sector Las Polonias Viejas, subiendo hacia la Calle el Mirador, al lado del Conjunto Residencial San Gabriel, San Antonio de Los Altos, Municipio Los Salias, Estado Miranda; lugar donde presuntamente reside el ciudadano identificado como “YONATHAN ACOCHA BLANCO”, de quien se presume se dedica a la venta y distribución de sustancias, estupefacientes y psicotrópicas en dicho lugar y se presume la existencia de evidencias de interés criminalístico, tales como: SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, o algún otro elemento de interés criminalístico relacionado con los hechos que se investigan. Dicho allanamiento deberá efectuarse por los funcionarios 1- Sub Comisario HERMES MARQUEZ, credencial No. 3871; 2- Sub Inspector NIEVES JESUS, credencial 1052, 3- Detective SANZ JOSE, credencial No. 2860; 4- Agente HENRY GONZALEZ, credencial No. 1567; 5- Agente JORBY OROZCO, credencial No. 3581; 6- Agente VIVAS JOSE, credencial No. 4828; todos adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, División de Operaciones de Inteligencia (DOI); ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los artículos 210, 211 y 212, todos del Código Orgánico Procesal Penal. La presente autorización tiene una duración máxima de cinco (05) días continuos contados a partir de la presente fecha.
Expídase la correspondiente orden, en tres ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto.
Se declara Con Lugar el requerimiento de la Vindicta Pública.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Cúmplase
La Juez Tercero de Control
Dra. Rosa Elena Rael Mendoza
La Secretaria

Abg. Yulida Ríos

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.

La Secretaria

Abg. Yulida Ríos

Solicitud N° 3CS-489/10
RER/AAM/RER