REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO al acusado RAMÓN EDUARDO DIAZ ESQUEDA, titular de la cedula de identidad N° V-13.219.925, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, por el lapso de un año.
EL JUEZ QUINTO DE CONTROL SUPLENTE,

ABG. RAMÓN ANTONIO MARTÍNEZ ANTILLANO
LA SECRETARIA

ABG. VERÓNICA PETER