REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL


JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES


ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN


En el día de hoy, miércoles, tres (03) de noviembre de 2010, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la audiencia oral y publica de apelación en la causa seguida por cobro de PRESTACIONES SOCIALES y ENFERMEDAD OCUPACIONAL, por el ciudadano FRANCISCO JAVIER GARCIA BRACAMONTE, titular de la Cédula de identidad N°. V-15.308.974 contra la empresa HACIENDA FRESCA FLOR C.A. en virtud de la apelación interpuesta por el abogado JORGE LUIS MEDINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 55.725, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada; contra la decisión dictada en fecha 30 de septiembre de 2010, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teques, la cual cursa en el expediente numero 1615-10 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja constancia de la comparecencia del ciudadano FRANCISCO JAVIER GARCIA, titular de la cédula de identidad N° V-15.308.974, venezolano , mayor de edad, en su carácter de parte actora y la abogada MARIA MILAGROS CAMACHO, inscrita en inpreabogado bajo el N°. 133.198. Así mismo, se deja constancia de la no comparecencia del apoderado judicial apelante de la demandada HACIENDA FRESCA FLOR C.A., así como la ausencia de sus representantes legales. Seguidamente se da inicio a la audiencia oral, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y procedió a dictar la declaratoria del desistimiento de la apelación y señala lo siguiente: “Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por el abogado JORGE LUIS MEDINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 55.725, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada; contra la decisión dictada en fecha 30 de septiembre de 2010, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teques. SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo, conforme el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena en costas a la parte demandada por el desistimiento del presente recurso. No obstante, declarado como ha sido el desistimiento de la apelación, esta alzada en acatamiento a la jurisprudencia y doctrina reiterada del Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala de Casación Social y tal como ha sido criterio de esta alzada, pasará a revisar las actas del proceso, para evitar que haya habido alguna violación al orden publico dentro del proceso. De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente la presente fecha, y será a partir de la publicación de dicha decisión que comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo.- Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, a los tres (03) días del mes de noviembre de año dos mil diez (2010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman

ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR



PARTE ACTORA



APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA



LA SECRETARIA
CAROLINA MEZA INFANTE

EXP. 1615-10.-
AHG/CMI.-