REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques,
Años: 200° y 151°
De una revisión de las actas que conforman la presente demanda, este Tribunal observa que, en fecha 14 de julio de 2009, se recibió la misma proveniente del Juzgado Distribuidor, en fecha 30 de julio de 2009, este Tribunal libro despacho saneador, después de esa actuación se evidencia que no ha sido impulsada su continuación, lo que resulta suficiente para presumir que las partes no tienen interés en instarla, situación que afecta, sin duda, la normal prestación de los servicios judiciales, pues una vez que se plantea una solicitud los órganos jurisdiccionales deben avocarse a sustanciarla, lo que implica una inversión de tiempo, tanto por parte de los funcionarios adscritos al Tribunal como por el Juez, quienes conocen de numerosos asuntos que también se tramitan a diario.-
En vista de la inactividad observada en la solicitud que da origen a esta actuación, este Tribunal debe concluir que se ha verificado un abandono del trámite, por lo que en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley y la doctrina sentada por nuestro máximo tribunal, se declara terminado el procedimiento, por falta del debido impulso procesal y consecuentemente, se ordena la remisión de esta solicitud a la oficina de Archivo Judicial, constante de (09) folios útiles. Cúmplase.
LA JUEZA, TITULAR


ELSY MADRIZ QUIROZ

LA SECRETARIA ACC,

BEYRAM DÍAZ


EMQ/jAscanio
EXP. N° 29.091