REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y PEDRO GUAL
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
CON SEDE EN RIO CHICO.
Río Chico, 08 de Noviembre de 2.010
200º Y 151º
Una vez visto, analizado y constatado que se ha cumplido con todas y cada uno de los particulares de la presente Solicitud signada con el Nº 2.010-216, nomenclatura de este Juzgado, que tiene por motivo copia certificada de acta de matrimonio; solicitada por la ciudadana ELSY MIREYA VARGAS; titular de la cedula de identidad Nº V- 10.694.842, recibido en fecha 05-11-2010 y admitida por este Juzgado mediante auto de fecha 08-11-2010. En consecuencia, habiéndose cumplido y entregado en fecha 08-11-2010 lo solicitado a la ciudadana ELSY MIREYA VARGAS; se da por terminada la presente causa.--------------------------------------------
Publíquese, regístrese y déjese copia previamente certificada por secretaria de la presente decisión; de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.--------------------
Archívese el presente expediente y en su debida oportunidad, remítase al archivo judicial, previas consideraciones de ley.--------------------------------------------------------------------------------
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a los ocho (08) días del mes de noviembre del año dos mil diez (2010) Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.---
EL JUEZ,
EMERSON LUIS MORO PEREZ.
LA SECRETARIA,
MARIA ANTONIETA PACHECO BAUTE
ELMP/mapb/ev.-
Solicitud Nº 2.010-216.-
|