REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO BOLIVARIANO MIRANDA
Carrizal, 22 de Noviembre de 2010.
200° y 151°

Vistas las actuaciones que anteceden, así como los documentos producidos junto con la solicitud, este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARAR a los ciudadanos MARIA MILAGROS HERNANDEZ DE MENDEZ (CONYUGE), MARIELA DEL CARMEN MENDEZ VENTURA Y CARMEN NIEVES MENDEZ HERNANDEZ (HIJAS) venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nº V- 12.414.876, V- 5.579.587, Y V- 6.893.037 en su condición de causahabiente como LOS UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de JOSE MENDEZ ARTEAGA, titular de la cédula de identidad Nro. V- 1.733.244. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada incluyendo la solicitud la cual se encuentra redactada por la abogada NELSA GARCES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.23.358. Déjese constancia en el Libro Diario llevado por este tribunal.
La Juez,
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Dra. Liliana A. González G.
El Secretario,

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Abg. José A. Freitas
En la misma fecha se devuelven la presente actuación constante de diecisiete (17) folios útiles
El Secretario,
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Abg. José A. Freitas

Lagg/Jaf/gt
S.N° 1939-10