REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
SOLICITUD N°: 2885-2010
SOLICITANTES: CEILAR ENRIQUE SEQUERA ROSALES Y KARINA DEL CARMEN GUEDEZ MALAVE, venezolanos, mayores de edad de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 14.127.570 y V- 13.715.133 respectivamente.
ABOGADO ASISTENTE: JUAN CARLOS ZAMORA., abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 96.017.
MOTIVO: SEPARACION DE CUERPOS.
II
En fecha Ocho (08) de Noviembre de dos mil diez (2010), se recibió solicitud presentada por los ciudadanos CEILAR ENRIQUE SEQUERA ROSALES Y KARINA DEL CARMEN GUEDEZ MALAVE, venezolanos, mayores de edad de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 14.127.570 y V- 13.715.133 respectivamente.
Los solicitantes ciudadanos CEILAR ENRIQUE SEQUERA ROSALES Y KARINA DEL CARMEN GUEDEZ MALAVE, plenamente identificados, solicitaron se decrete la separación de cuerpos todo de conformidad con lo establecido en los artículos 174 y 189 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil.
Vista la anterior solicitud este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Parágrafo Primero del articulo 762 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 189 del Código Civil y de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha dieciocho (18) de marzo de 2009, de fecha dos (02) de Febrero del año en curso DECRETA LA SEPARACION DE CUERPO de los solicitantes en los mismos términos expuestos en su solicitud..-
Déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 248 ejusdem.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada. Firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Carrizal, a los nueve (09) días del mes de Noviembre de 2010. 200º Y 151ª.-
La Juez Titular,
__________________________
Dra. Liliana A. González G
El Secretario,
________________________
Abg. José A, Freitas
En esta misma fecho se publico y registro la anterior decisión previo el anuncio de Ley, siendo las 10:00 de la mañana.-
La Secretario,
___________________________
Abg.Jose A. freitas
Lagg/Jaf/gt
Exp. Nº 2885-10
.