REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 11 de Noviembre de 2010

200º y 151º

Revisadas como han sido las actuaciones que integran el presente procedimiento, se observa que ha transcurrido íntegramente el lapso de cinco (5) días de Despacho establecido por este Tribunal mediante auto de fecha 20 de Octubre del presente año, para que los ciudadanos EDWAR ALEXANDER INFANTE LUGO y GREDYS DIANORA FELICIA PERDOMO GARCIA, identificados en autos, indicaran si de su unión matrimonial procrearon hijos y de ser positivo consignaran copias certificadas de sus partidas de nacimiento y visto que los solicitantes no indicaron lo antes señalado, quien suscribe concluye que se encuentran llenos los extremos para declarar la extinción de la presente solicitud de divorcio fundamentado en el articulo 185-A del Código Civil, por decaimiento del interés y ordena el archivo del expediente.
LA JUEZ TITULAR


DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ

EL SECRETARIO ACCIDENTAL


ABG. LUIS ASCANIO BELANDRIA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL


ABG. LUIS ASCANIO BELANDRIA
EXP-Nº 1274/2010
JVA/lab/cc.-