REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 17 de Noviembre de 2010
200º y 151º
Visto el escrito presentado por los ciudadanos DINORAH CRISTINA MARCHAN y PASTOR RAMÒN BLANCO RUÍZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad
Nos 7.307.762 y 7.305.779, respectivamente, a través del cual, el ciudadano PASTOR RAMÒN BLANCO RUÍZ, transfiere a la ciudadana DINORAH CRISTINA MARCHAN.
En vista de las anteriores consideraciones, quien suscribe niega la solicitud de Homologación presentada por los ciudadanos DINORAH CRISTINA MARCHAN y PASTOR RAMÓN BLANCO RUÍZ, ya identificados y contenida en el escrito de Liquidación y Partición de Bienes de la Comunidad Conyugal. Y así se decide.-
LA JUEZ TITULAR
DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
EL SECRETARIO ACC.
ABG. LUIS ASCANIO BELANDRIA
EXP. Nº 1322/2010
JVA/lab/mg.-
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