REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 17 de Noviembre de 2010
200º y 151º

Visto el escrito presentado por los ciudadanos DINORAH CRISTINA MARCHAN y PASTOR RAMÒN BLANCO RUÍZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad
Nos 7.307.762 y 7.305.779, respectivamente, a través del cual, el ciudadano PASTOR RAMÒN BLANCO RUÍZ, transfiere a la ciudadana DINORAH CRISTINA MARCHAN.
En vista de las anteriores consideraciones, quien suscribe niega la solicitud de Homologación presentada por los ciudadanos DINORAH CRISTINA MARCHAN y PASTOR RAMÓN BLANCO RUÍZ, ya identificados y contenida en el escrito de Liquidación y Partición de Bienes de la Comunidad Conyugal. Y así se decide.-
LA JUEZ TITULAR

DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ

EL SECRETARIO ACC.


ABG. LUIS ASCANIO BELANDRIA






EXP. Nº 1322/2010
JVA/lab/mg.-