JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, diez (10) de noviembre de dos mil diez.

AÑOS: 200° y 151°

Vista la transacción de fecha 09 de Noviembre del año en curso, entre la abogada MARIA VICTORIA CASTILLO HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.153.583, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 67.855, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, ciudadano JOSE JAVIER MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.676.047, de este domicilio; por una parte y por la otra, el abogado JAVIER SANCHEZ MORALES, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 129.281, en su condición de apoderado judicial del demandante, ciudadano FERNANDO MAURICIO SALAZAR GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.122.565; observando esta operadora de justicia que no es contrario a derecho el acto realizado entre las partes, en razón de lo cual, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Déjese copia certificada de este auto para el archivo del Tribunal.

Abg. ANA LOLA SIERRA
Juez Temporal

Abg. FRANK VILLAMIZAR RIVERA
Secretario

En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión quedando registrada bajo el N° 1.990, siendo las tres y quince minutos de la tarde (03:15 p.m.), se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

Abg. FRANK VILLAMIZAR RIVERA
Secretario
Lm.
Expediente N° 12.784-10.