JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 26 de noviembre de 2010.
200º y 151º

Vista la diligencia suscrita por la ciudadana MAYRA ALEJANDRA CHIRINOS ESCALANTE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V.-18.959.134, mediante la cual DESISTE del presente procedimiento y solicita se cierre el expediente; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su HOMOLOGACIÓN, dejando a salvo el derecho que tiene la ciudadana MAYRA ALEJANDRA CHIRINOS ESCALANTE, de intentar nuevamente la presente acción, dado el carácter de ORDEN PÚBLICO, IMPRESCRIPTIBLE, INALIENABLE y de CRÉDITO PRIVILEGIADO que tiene el derecho que se reclama (Obligación de Manutención). Regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente. Una vez conste en autos la notificación del Fiscal Especializado, archívese el expediente. En cuanto a lo demás solicitado, tramítese por auto separado.
La Jueza Temporal,

ABG. BETTY YAJAIRA VERELA MÁRQUEZ
La Secretaria,

ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo las _____________., quedó registrado bajo el N° _________, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y se libró Boleta de Notificación al Fiscal XV del Ministerio Público.

Abg. MAURIMA MOLINA C. /Secretaria

Exp. Nº 1555/2008
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Va sin enmienda