REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
San Cristóbal, 12 de Noviembre de 2010
200º y 151º
Causa 10C-SP21-P-2010-4637
OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO
Visto el escrito, presentado por la ciudadana ABOGADA MORAIMA PINEDA MENDOZA, en su carácter de Fiscal Auxiliar Séptima del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante el cual requiere de este Tribunal el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, signada por el Ministerio Público bajo el N° 20F7-0375-08, y por este Tribunal causa 10C-SP21-P-2010-4637, seguida en contra de PERSONA POR IDENTIFICAR, por la presunta comisión del Delito de LESIONES PERSONALES, en perjuicio de los Ciudadanos MARCOS LEONARDO SANCHEZ DELGADO, de nacionalidad Venezolana, Titular de la Cedula de Identidad N° V-19.951.266, y JONATHAN ALEXIS MARTINEZ AGUDELO, de nacionalidad Venezolana, Titular de la Cedula de Identidad N° V-17.644.811, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal.
Este Tribunal, procede a decidir sobre la petición de sobreseimiento, por cuanto considera que no es necesaria la realización de la audiencia especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, para decidir observa:
DE LOS HECHOS
En fecha 07 de Febrero de 2008, se recibe Acta de Investigación Penal por Accidente de Transito N° SC-0038-08 suscrita por funcionario adscrito al Comando de Transito Modulo de Auxilio vial El Cucharo, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, donde se deja constancia que fue comisionado por el centralista de servicio para que se trasladara a la calle principal Urbanización Rómulo Gallegos, al frente de la Farmacia el Milagro, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, al tener conocimiento de tal información se traslado al lugar y pudo observar que se trataba de una COLISION ENTRE VEHICULOS CON SALDO DE DOS PERSONAS LESIONADAS, no se pudo determinar como ocurrieron los hechos ya que uno de los conductores se fue del lugar junto con su vehículo dejando abandonado a su acompañante.
Por lo antes expuesto, se practicaron las siguientes diligencias de investigación:
• Acta de Investigación Penal por Accidente de Transito N° SC-0038-08 suscrita por funcionario adscrito al Comando de Transito Modulo de Auxilio vial El Cucharo, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira.
• Croquis del Accidente, de fecha 07 de Febrero de 2008, realizada por funcionario adscrito al Comando de Transito Modulo de Auxilio vial El Cucharo, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira.
• Acta Policial de diligencias del Instituto de Ciencias Forenses, suscrita por el funcionario FRANCISCO JAVIER BASTIDAS, adscrito al Comando de Transito por medio del cual se deja constancia que relacionado con el Acta de Investigación N° SC-0038-08, del accidente de Transito, y se especifica que los ciudadanos MARCOS LEONARDO SANCHEZ y JONATHAN ALEXIS MARTINEZ AGUDELO, no asistieron al Instituto Autónomo de Ciencias Forenses a practicarse el respectivo Reconocimiento Medico Legal.
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
Por lo antes expuesto, considera este Juzgador, que de la revisión realizada a las actas que conforman la presente causa, se evidencia la presunta comisión del Delito de LESIONES PERSONALES, en perjuicio de los Ciudadanos MARCOS LEONARDO SANCHEZ DELGADO y JONATHAN ALEXIS MARTINEZ AGUDELO, sin embargo, se observa que a pesar de la certeza de los hechos, no hay posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, no existiendo bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado, por cuanto si bien es cierto, se produjo por parte del imputado unas lesiones en perjuicio de las victimas, no es menos cierto que los Ciudadanos MARCOS LEONARDO SANCHEZ DELGADO y JONATHAN ALEXIS MARTINEZ AGUDELO, no se practicaron el Reconocimiento medico legal, ya que los mismos no aparecen registrados en los controles llevados por ese departamento, siendo en consecuencia, procedente la solicitud Fiscal por encontrarse ajustada a derecho, en consecuencia este Tribunal procede a decretar el sobreseimiento de la causa solicitado por el Ministerio Público, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal, y así lo decide.-
DECISION
Por todo lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA FISCAL N° 20F7-0375-08, signada por este Tribunal bajo el Nro. 10C-SP21-P-2010-4637, seguida en contra de PERSONA POR IDENTIFICAR, por la presunta comisión del Delito de LESIONES PERSONALES, en perjuicio de los Ciudadanos MARCOS LEONARDO SANCHEZ DELGADO, de nacionalidad Venezolana, Titular de la Cedula de Identidad N° V-19.951.266, y JONATHAN ALEXIS MARTINEZ AGUDELO, de nacionalidad Venezolana, Titular de la Cedula de Identidad N° V-17.644.811, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese de la presente decisión y vencido el lapso de ley, remítanse las actuaciones al Archivo Judicial.-
ABG. JOSE MAURICIO MUÑOZ MONTILVA
JUEZ DECIMO DE CONTROL
ABG. EDWARD NARVAEZ GARCIA
SECRETARIO