REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES
PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: Se DECRETA NO FLAGRANTE LA DETENCIÓN del Ciudadano PARRA LEINES BENIGNO, titular de la cédula de identidad No. V-12.475.690, nacionalidad: venezolano, natural de Calabozo Estado Guárico, nacido en fecha 03/03/1970, de 40 años de edad, de profesión u oficio: Supervisor de compañía, residenciado en Calle María Briceño, sector los lagos casa N° 32 Barrio Miranda en la segunda vuelta los Teques Estado Miranda nombre de sus padres: CARMEN PARRA (V) y JOSE PONTE (V) teléfono: 12.475.690, por ser el presunto autor o responsables en la comisión del delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en el articulo 218 del código penal venezolano, de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal flagrancia por cuanto se produjo una privación ilegitima de la libertad mismo.
SEGUNDO: Se DECRETA LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conforme a lo establecido en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo dispuesto en los artículos 280, 281 y 283, eiusdem.
TERCERO: Se DECRETA LA LIBERTAD PLENA Y SIN RESCTRICCIONES a favor del ciudadano PARRA LEINES BENIGNO, titular de la cédula de identidad No. V-12.475.690, nacionalidad: venezolano, natural de Calabozo Estado Guárico, nacido en fecha 03/03/1970, de 40 años de edad, de profesión u oficio: Supervisor de compañía, residenciado en Calle María Briceño, sector los lagos casa N° 32 Barrio Miranda en la segunda vuelta los Teques Estado Miranda nombre de sus padres: CARMEN PARRA (V) y JOSE PONTE (V) teléfono: 12.475.690.
CUARTO: Se ordena libra boleta de excarcelación a favor del ciudadano PARRA LEINES BENIGNO.
QUINTO: Se INSTA a la Fiscal del Ministerio Publico a que informe al Director del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Los Teques, la situación irregular respecto al procedimiento de aprehensión del ciudadano PARRA LEINES BENIGNO, a los fines de que se aperture el procedimiento correspondiente a los funcionarios actuantes en la mismo, en virtud de lo expuesto por el referido ciudadano.
SEXTO: Se ACUERDA expedir las copias simples solicitadas por las partes.
Publíquese y regístrese la presente decisión en el Libro Diario que a tal efecto lleva el Tribunal.
LA JUEZ,
ABG. ROSA ANDREINA CARRASCO CONDE
EL SECRETARIO,
ABG. FRANCISCO DELGADO
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado y se libró oficio, anexando Boleta de Excarcelación.
EL SECRETARIO,
ABG. FRANCISCO DELGADO
EXP. NRO. 1C7291-10
RACC/FD/mf