REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL EXTENSIÓN BARLOVENTO
CAUSA N° 1E- 752-09
JUEZ: DRA MARIA TERESA SANCHEZ ORELL
SECRETARIA: NACARID QUERALES
SANCIONADO: FELIX MORONTA CASTELLANOS
VICTIMA: INVERSIONES DOMI ZONA 1 C.A.
FISCAL: Dr. OMAR FRANCISCO JIMENEZ, Fiscal Décimo Octavo Especializado del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Miranda.
DEFENSA: Dr. TIRONNE BERROTERAN (defensor pùblico)
Por cuanto el dìa VEINTE (20) DE OCTUBRE DE 2010, este juzgado no pudo realizar la audiencia de vigilancia y control del joven sancionado FELIX MORONTA CASTELLANO, en virtud de su falta de comparecencia, y visto lo manifestado en el informe evolutivo y lo dicho por la delegada de libertad asistida esta juzgadora evidencia que el joven evidentemente no està dando cumplimiento a la medida de libertad asistida y en consecuencia, se encuentra en estado de rebeldía por cuanto no ha comparecido ni al servicio de libertad asistida, ni antes este tribunal, siendo esto y su incumplimiento un factor de riesgo social que el juez de ejecuciòn debe ponderar, es por lo que en este acto a los fines de garantizarle al Estado venezolano, las resultas del proceso penal, SE REVOCA LA SANCION DE LIBERTAD ASISTIDA, que fuera ordenada en decisión dictada por este juzgado y en su lugar se ORDENA LA LOCALIZACION Y CAPTURA del adolescente y su ingreso al complejo SEPINAMI con sede en la ciudad de los Teques, por un lapso de CINCO (05) meses calendarios Y asi se decide.-
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescentes, con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: REVOCA LA SANCION DE LIBERTAD ASISTIDA que debía ser cumplida y en su lugar ORDENA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD POR CINCO (05) MESES EN EL SERVICIO ESTADAL DE PROTECCION INTEGRAL PARA LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (SEPINAMI) con sede en la ciudad de los Teques al adolescente FELIX MORONTA CASTELLANO, venezolano, de 16 años de edad, titular de la cèdula de identidad No. 23.623.714, residenciado en El Guamacho, sector la Redoma primer callejón, casa S/N, Guarneas del Estado Miranda, todo de conformidad con lo dispuesto en el literal C del parágrafo segundo del artículo 628 de la LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTES.
Por cuanto la presente decisión emana de una revisión no dictada en audiencia reservada, conforme a lo previsto en el artículo 175 del COPP, se ordena la notificación de las partes. Notifíquese a las partes. Lìbrese boletas de notificación. Lìbrese oficio a los cuerpos policiales y boleta de ingreso. Cùmplase.
Regístrese, publíquese y déjese constancia en el Libro Diario de la presente decisión.
Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sede del Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescentes, con sede en Guarenas, a los veinticinco (25) días del mes de noviembre del año dos mil diez (2010), siendo las tres horas de la tarde. Años
200° de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZA,
DRA. MARIA TERESA SANCHEZ ORELL
LA SECRETARIA,
NACARID QUERALES
En la misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.
LA SECRETARIA,
NACARID QUERALES
CAUSA N° 1E-752-09
MTSO/mtso