REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL EXTENSIÓN BARLOVENTO

CAUSA N° 1E- 812-09

JUEZ: DRA MARIA TERESA SANCHEZ ORELL

SECRETARIA: ALEXANDRA CORREA

SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA

VICTIMA:

FISCAL: Dr. OMAR FRANCISCO JIMENEZ, Fiscal Décimo Octavo Especializado del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Miranda.

DEFENSA: Dr. TIRONNE BERROTERAN (Pùblico Penal)



Por cuanto el dìa veintisiete (27) de enero de 2011 tuvo lugar audiencia de vigilancia del joven sancionado y en la misma en presencia de las partes se determinò el fiel cumplimiento que ha dado a la sanción impuesta este juzgado observa:
En atención al informe evolutivo recibido, a la audiencia realizada y especialmente a lo señalado por la delegada de libertad asistida, se puede evidenciar que el joven ha cumplido cabalmente con la medida impuesta, evidenciándose que su fecha calendaria indica que la sanción culminarìa en el mes de febrero del presente año.
En tal sentido, considera quien aquí decide verificado el còmputo de cumplimiento de la sanción impuesta, que por cuanto el joven ha cumplido con los objetivos que se trazò la ley al momento de imponer una sanción y que los jóvenes adquieran conciencia de problemàtica y puedan ser reinsertado a su entorno familiar y social, tratándose de un joven que se encuentra incorporado al ámbito laboral y próximo a ingresar estudios, ante lo cual es forzoso para este juzgado ORDENAR EL CESE DE LA MEDIDA DE SERVICIOS COMUNITARIOS e IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, al haberse cumplido los objetivos que persigue la ley penal juvenil. Y ASI SE DECLARA.

DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescentes, con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: ORDENA EL CESE DE LA MEDIDA DE SERVICIO COMUNITARIO E IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA que venìa cumpliendo el joven IDENTIDAD OMITIDA, quien fuera sancionado por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DE HURTO O ROBO de conformidad con lo establecido en el artículo 622, 646 y el literal H del artículo 647 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, ante lo cual a partir de la presente fecha opera la LIBERTAD PLENA Y SIN RESTRICCIONES DEL JOVEN SANCIONADO y dado que la presente decisión fue tomada en audiencia oral no ha lugar a la notificación de las partes, salvo la vìctima que no se encontraba presente, conforme a lo previsto en el artículo 175 del COPP. Lìbrese boleta de notificación. Cùmplase.
Regístrese, publíquese y déjese constancia en el Libro Diario de la presente decisión.
Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sede del Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescentes, con sede en Guarenas, a los veintiocho (28) días del mes de enero del año dos mil once (2011). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZA,


DRA. MARIA TERESA SANCHEZ ORELL




LA SECRETARIA,


ALEXANDRA CORREA

En la misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.
LA SECRETARIA,


ALEXANDRA CORREA




CAUSA N° 1E-812-09
MTSO/mtso