OCTUBRE 2010

Siendo las 9:99 a.m., del dìa de hoy veintisiete de Octubre del dos mil diez, se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Charallave, ubicado en Calle Gustavo Farrera, calle Yaruro C.C. Residencial El Campito Torre “G” Mezzanina teléfono 0239-2488562, conforme esta acordado en el sitio denominado: Conjunto Residencial Asistencial Charleville, situado en la Avenida 4, de la Urbanización Jardines de Santa Rosa, apartamento Nº C-24, segundo piso Torre “C” Cúa estado Miranda, a fín de darle cumplimiento a la medida de Entrega Material, ordenado por el Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area metropolitana de Caracas, con oficio Nº 1015-10 de fecha 21 de Octubre del 2010, en el juicio que por desalojo sigue Sociedad Mercantil Bordados y Diseños S.J.T., C.A., contra los ciudadanos Ana Belkys Jaimes y Marco Antonio Bosque. Presentes en este acto el Abg. Jaimes González, demandante en este juicio, el Depositario Judicial Ildemaro Lemus, Representante de la depositaria Judicial “Defica” C.A., el ciudadano Abg. Julio Cesar Jaimes Inpreabogado Nº 65.340, titular de la cédula de identidad Nº 10.887.986, en su condición de Perito Avaluador, previamente designados y juramentados, los funcionarios policiales Aberlado Júnior Castillo Centeno y Juan Carlos Sánchez Villarruel, titulares de la cédulas de identidad Números 15.098.022 y 15.892.541, respectivamente para el resguardo y custodia del Tribunal y las personas que lo acompañan. En este estado se procedió a dar los tres toques de Ley, saliendo el ciudadano Marcos Antonio Bosque, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº 12.748.458,a quien se le notificó la misión del tribuna. A los fines de dar cumplimiento con el 49 Constitucional le fue entregada copia simple del Mandado de Ejecución, identificado, al ciudadano notificado. En este estado el Abg. Jaimes González, identificado, señala el inmueble objeto de la presente medida. En este estado hizo acto de presencia el Consejero de protección del Niños, Niñas, y Adolescente del Cúa. Se deja constancia que no se realizo inventario de los bienes por cuanto el ciudadano notificado manifiesta que se llevará los bienes por su cuenta y riesgo y responsabilidad a la siguiente dirección Sector de Mume casa s/n, Cúa Estado Miranda. Estos bienes muebles serán traslado por el ciudadano Alejandro Clavier, titular de la C.de I. Nº 1.952.997, en su condición de chofer del vehiculo placa 84IIAF.Año 1981. en este estado hizo acto de presencia el ciudadano José orlando Guerra Rondon, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.064.318, en su condición de Cerrajero Profesional quien estando presente acepto el cargo y prestó juramento de Ley. Se deja constancia que se hizo cambio de cerradura de la segunda puerta de acceso al inmueble. A continuación el Perito Avaluador abg. Julio Cesar jaimes, expone: El inmueble en cuestión se encuentra en buenas condiciones salvo deterioro de la pintura en algunos de sus ambientes y estima un valor del inmueble de aproximadamente TRECIENTOS MIL BOLIVARES (300.000,00). En este estado el tribunal declara la Entrega Material del inmueble libre de bienes y personas y hace entrega al ciudadano Abg. Jaime González, quien estando presente lo recibe bien y conforme para su guarda y custodia. Siendo las 12:15 p.m., El tribunal declara cumplida su misión y acuerda regresar a su sede Terminó se leyó y conformes firman. L.S. La Juez. El Notificado. El Apoderado judicial. El Depositario, El Perito. Los funcionarios. El Cerrajero. El Chofer. El secretario accidental. (Fdos) ilegibles.

COMISIÓN 2010-815