REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA


PARTE SOLICITANTE: ORLANDO REY BASILE SALAZAR y SONIA DUARTE de BASILE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las Cédulas de Identidad NROS 6.843.637 y 6.281.977, respectivamente.

ABOGADO ASISTENTE: FERNANDO J. TAGLIAFERRO H., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 108.333.

MOTIVO: DIVORCIO POR EL ARTÍCULO 185-A
EXPEDIENTE Nº: E-2010-141
SENTENCIA DE DIVORCIO

I

En fecha 12 de agosto de 2010, se recibió escrito contentivo de solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, presentado ante este Órgano Jurisdiccional por los ciudadanos ORLANDO REY BASILE SALAZAR y SONIA DUARTE de BASILE, arriba identificados; la cual fue admitida en fecha 20 de septiembre de 2010, ordenándose la notificación del Fiscal XI del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, y librándose la boleta correspondiente.

Alegaron los solicitantes que contrajeron matrimonio civil, en fecha dieciséis (16) de septiembre de mil novecientos noventa y cuatro (1994), ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Los Salias del Estado Miranda. Que establecieron su último domicilio conyugal en la Urbanización El Picacho, Residencias Trébol Hill, Edificio Alto Prado, Pent House 1, Avenida Principal del Picacho, San Antonio de Los Altos, Municipio Los Salias del Estado Miranda.

Manifestaron asimismo los cónyuges que de la unión matrimonial no procrearon hijos. Que han permanecido separados de hecho por más de cinco (5) años y siete (7) meses, por lo que de mutuo y amistoso acuerdo han decidido acudir a este Juzgado a fin de solicitar se declare el divorcio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil.

En fecha 06 de octubre de 2010, compareció el ciudadano ORLANDO REY BASILE SALAZAR y confirió Poder Apud Acta al abogado Fernando J. Tagliaferro H., anteriormente identificado

En fecha 7 de octubre de 2010, consigna diligencia el Alguacil de este Tribunal, dejando constancia de haber practicado la Notificación a la Fiscal XI del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.

En fecha 26 de octubre de 2010, comparece ante este Juzgado la abogada JENNY VILLALOBOS ZURITA, en su carácter de Fiscal Auxiliar Undécima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, quien no formuló objeción alguna al procedimiento.

II

Establece el Artículo 185-A del Código Civil, lo siguiente:

“Cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (5) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común…”

Ahora bien, de la lectura efectuada a la norma anteriormente trascrita, se evidencia que en el presente caso, fueron cumplidas las exigencias previstas en la misma, y por ello concluye esta Juzgadora que la solicitud que encabeza la presente actuación debe prosperar, y así se decide.

Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Municipio del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos ORLANDO REY BASILE SALAZAR y SONIA DUARTE de BASILE, ampliamente identificados, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha 16 de septiembre de 1994, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Los Salias del Estado Miranda, según consta de acta Nº 168, Folio Nº 168, correspondiente al año 1994, expedida por la misma autoridad en la fecha señalada.

Notifíquese mediante oficio a las autoridades competentes.

Liquídese la comunidad conyugal.

Publíquese, regístrese, ejecútese y déjese copia.


Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Municipio del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en San Antonio de Los Altos, a los veintisiete (27) días del mes de octubre del año dos mil diez (2010). Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
LA JUEZA TITULAR
EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ

MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ


Se deja constancia de que en la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia siendo la 2:20 p.m. Se libraron los oficios correspondientes bajo los NROS 10/421 y 10/422.

EL SECRETARIO

Expediente Nº: E-2010-141
LCH / MMI / mmd