REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA





San Antonio de Los Altos, 8 de octubre de 2010
200° y 151°



Recibido como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentado por la ciudadana Antonieta del Carmen De Lima Díaz, asistida por la abogada Bithiath Dediasi Rondón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.871; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS a las ciudadanas: ANTONIETA DEL CARMEN DE LIMA DÍAZ y ELIZABETH MARÍA DE LIMA de MENDOZA, quienes son hijas de la causante, venezolanas, mayores de edad, viuda la primera y casada la segunda, y titulares de las Cédulas de Identidad NROS 8.680.319 y 6.455.988 respectivamente; en la sucesión de la ciudadana ANTONIETA DEL CARMEN DÍAZ de DE LIMA, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 1.864.408, y quien falleció en fecha 3 de junio de 2010, en su carácter de causahabientes de la prenombrada causante; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a las solicitantes en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR

EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ


MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ




Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO





Expediente N°: S-2010-110
LCH / MMI / jge