REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
En el día de hoy, martes veintiséis de octubre de dos mil diez, siendo las 09:15 a.m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la abogada en ejercicio LUZ INDIRA GAMEZ SUAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 115.942, quien actúa con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante, ciudadanos JOSÉ ALEJO GAMEZ MOROS, HELMER ALBERTO GAMEZ NAVARRO Y OTROS; è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Local Comercial, ubicado en el Barrio El Carmen, calle 3 con carrera 10 bis, esquina, signado con el N° 10.15, San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la practica de la medida de ENTREGA DE INMUEBLE decretada en el JUICIO que por DESALOJO DE INMUEBLE se sigue CONTRA ALBERTO CAMILO PEÑARANDA RAMIREZ, titular de la cedula de identidad N° V.-5.031.611, en el expediente Nº 5769 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ, placa 1439. Se encuentra presente el ciudadano JESUS GERARDO GARCIA TARAZONA, titular de la cedula de identidad N°V-17. 107.412, quien manifestó ser el hijo del nuevo arrendatario. En este estado solicito el derecho de palabra la Abogada LUZ INDIRA GAMEZ SUAREZ, ya identificada, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante y concedido como le fue expuso: “Informo a este Tribunal que el demandado de autos ya desocupo el inmueble, y los bienes que en la actualidad se encuentra en el mismo son propiedad del nuevo arrendatario con quien se suscribirá contrato a partir de mañana, por lo tanto solicito al Tribunal se me haga entrega formal del presente inmueble. Es todo.” En este estado el Tribunal procede a hacer entrega formal del presente inmueble a la apoderada judicial de la parte demandante, quien lo recibe conforme y en el estado en el que se encuentra. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 9:45 a. m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman. Lo enmendado vale todo.
LA JUEZA TITULAR,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.
LA PARTE ACTORA,
ABG. LUZ INDIRA GAMEZ SUAREZ
EL FUNCIONARIO POLICIAL,
Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ
EL NOTIFICADO,
JESUS GERARDO GARCIA TARAZONA
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. MAYCELYTH DESIREÉ ECHEZURÍA RODRÍGUEZ