En el día de hoy miércoles veinte (20) de octubre de 2010, siendo las 10:08 am, tal como fue acordado en el auto anterior, se traslado el JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS AYACUCHO, MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA y se constituyó en un inmueble signado con el N° D-79, calle 5, Barrio Ayacucho, de San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, a fin de cumplir el exhorto, emanado del Juzgado del Municipio Ayacucho de esta Circunscripción Judicial, librado en la solicitud N° 290810, solicitada por el ciudadano: NERIO ENRIQUE RAMIREZ LOPEZ, asistida del abogado: ALBERTO CARLOS BAYONA CONTRERAS, constante de Inspección Judicial de un inmueble. Constituido este Tribunal Ejecutor de Medidas, a cargo de la Juez Ejecutora Provisoria Abogada: SAIDA YAMILKA PRADA CHACON, acompañada de su Secretario: WILLIAM F. ZAMBRANO Z, junto con el solicitante: NERIO ENRRIQUE RAMIREZ LOPEZ, venezolano, mayor de edad, de estado civil casado, titular de la cédula de identidad N° V- 1.526.000, debidamente asistido del abogado en ejercicio, ciudadano: ALBERTO CARLOS BAYONA CONTRERAS, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 8.106.755, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 49.532, de este domicilio de San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira. Seguidamente este Tribunal Ejecutor de Medidas, procede a designar y a juramentar de Tipógrafo, al ciudadano: RAMIREZ ZAMBRANO HERNAN JOSE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 2.549.344, de este domicilio, quien estando presente, expuso: “Acepto el cargo de Topógrafo y juro cumplir bien y fielmente con todo lo inherente al mismo.” Seguidamente este Tribunal Ejecutor de Medidas conjuntamente con el Topógrafo designado en la presente acta, procede a dejar expresa constancia de los particulares señalados en el referido exhorto de Inspección Judicial. AL PRIMERO: Sobre este particular este Tribunal, se abstiene de pronunciarse por cuanto carece de facultades para ello. AL SEGUNDO: El Tribunal deja expresa constancia, que según las medidas levantadas en este acto por el Topógrafo designado y verificadas por este Tribunal, son las siguientes: Por el lindero SUR: que su frente, en línea recta que mide diez metros con cinco centímetros (10,05 cm.); NORTE: que su fondo mide cinco metros (5 mts); ESTE: En línea quebrada que mide (70 mts.); y el OESTE: En línea quebrada que mide setenta metros (70 mts.), AL TERCERO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, deja expresa constancia conjuntamente con el Topógrafo designado, que las actuales colindancias de este inmueble son las siguientes: SUR, que su frente, colinda con la calle 5; NORTE: Que es su fondo, con terrenos que son o fueron de Leonidas Nieto; por el ESTE: Hoy día colinda con el ciudadano: PATRICIO SILVA ZAMBRANO, y en parte con terrenos que son o fueron de Julio Gandica; y el OESTE: Con el ciudadano: Julián Vivas López. AL CUARTO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, deja expresa constancia, conjuntamente con el Topógrafo designado de la ubicación de este inmueble donde esta constituido, siendo la siguiente: Inmueble ubicado en el Barrio Ayacucho, de la ciudad de San Juan de Colón del Municipio Ayacucho, de la ciudad de San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, signado con el N° D-79, calle 5. AL QUINTO: El solicitante, se abstiene de señalar otros particulares. En este estado el solicitante, ciudadano: NERIO ENRIQUE RAMIREZLOPEZ, asistido del abogado: ALBERTO CARLOS BAYONA CONTRERAS, supra identificado, solicito el derecho de palabra y concedido que le fue por este Tribunal, expuso: “Solicito a este Tribunal, le conceda un plazo prudencial al Topógrafo designado, a fin de que consigne, informe y plano de mensura, sobre este inmueble, objeto de esta Inspección Judicial”. Seguidamente este Tribunal, visto lo solicitado por la parte solicitante, ya identificado, acuerda conceder un plazo de tres (03) días hábiles, al topógrafo designado en la presente acta, para que se consigne informe y plano de mensura, para ser agregado al referido exhorto. Es todo, no siendo otro el objeto de este Tribunal, declara concluido el presente acto, se declara cumplida la Inspección Judicial, decretada por el Juzgado comitente, acuerda regresar a su sede a las 11:30 am. El Tribunal deja expresa constancia, que en la realización del presente acto, su dirección fue señalada por el solicitante y su abogado asistente, supra identificados, igualmente se deja constancia, que este traslado no generó ningún tipo de arancel ni emolumento alguno. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ EJECUTORA PROVISORIA
ABG. SAIDA YAMILKA PRADA CHACON
EL SOLICITANTE
NERIO ENRIQUE RAMIREZ LOPEZ
ABOGADO ASISTENTE DEL SOLICITANTE:
ABG. ALBERTO CARLOS BAYONA CONTRERAS
EL TOPOGRAFO
HERNAN JOSE RAMIREZ ZAMBRANO
EL SECRETARIO
WILLIAM F. ZAMBRANO Z.
Exhorto N° 744-2010
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